BIENVENIDO A ESTE BLOG, QUIENQUIERA QUE SEAS



jueves, 21 de mayo de 2026

Blanca Parga va al fondo de la cuestión en el Valle de los Caídos: "Con la ley en la mano no cabe negociar"



Blanca Parga Landa. Doctor en Ingeniería Naval (1988, Escuela Técnica Superior de Ingenieros Navales ETSIN, UPM). Premio Extraordinario de Doctorado. Licenciada en Derecho 2015 (UCM). Escuela de Práctica Jurídica 2016, Especialización en Derecho Medioambiental EPJ 2017, (núm. 1 de la Promoción). Máster en Ciclo Integral del Agua: Planificación de recursos, Calidad y Tratamiento (2024,UPM).

Ingresó por concurso oposición en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad en 1989. (UPM) Seis Quinquenios Docentes y cuatro Sexenios. Ha impartido docencia en varias asignaturas del área de Ciencia de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica, Organización y Calidad en la ETSIN; ha impartido también Recursos Hídricos en Materiales de Construcción en el Máster Universitario de Economía Circular (MUEC) de la UPM. Desde 2017 hasta la actualidad es Profesora Coordinadora de Calidad, Seguridad y Protección medioambiental en los Grados de Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima. Desde 2019 es también Coordinadora de Recursos hídricos en materiales de Construcción en el Máster de Economía Circular de la UPM.

Es autora de más de cincuenta publicaciones (artículos en revistas científicas indexadas, capítulos de libros, comunicaciones a congresos, un libro como única autora) y de cuatro patentes nacionales e internacionales. Ha dirigido proyectos de investigación nacionales e internacionales. Secretaria de la Comisión COINCIDENTE. Asesora de ASTILLEROS ESPAÑOLES, (hoy Navantia) y del Lawrence Livermoore Laboratory (EEUU). Embajadora española de la Fundación Internacional CLINTEL Clima e Inteligencia. Promotora del Foro Iberoamericano Clima y Energía (FICE), que actualmente preside. Es miembro de la Asociación de Ingeniería Naval Española (AINE), la Asociación Española de la Calidad, (AEC), la Asociación de Realistas Climáticos (ARC). Recientemente ha sido propuesta como miembro de CO2 Coalition (EEUU).

Usted ha presentado uno de los recursos que está en los tribunales defendiendo el Valle de los Caídos…

La prensa me ha denominado “un particular”. Pero no estoy recurriendo ante la Audiencia Nacional como se ha dicho. He interpuesto un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo; es un recurso directo contra la Comisión Interministerial para la resignificación del Valle de Cuelgamuros y un recurso indirecto contra lo que ordena la Ley de memoria democrática respecto del Valle de los Caídos.

¿Por qué aborda ante los Tribunales de Justicia un asunto realmente complejo y al que nadie le interesa ofrecer una resistencia real…?

Porque soy hija de Dios. La resignificación es una profanación que me perjudica a mí y a mi familia; es un ataque contra la casa de Dios y las cosas de Dios, contra la Iglesia Católica de la que soy miembro. Porque creo en conciencia que debo hacerlo. Y porque en un Estado de Derecho con la Constitución y la ley en la mano no cabe resignificar nada ni urbanizar nada en el Valle de los Caídos.

El Señor asignó una triple función a España. Antes se sabía, está narrado por la Venerable María Jesús de Agreda en la Mística Ciudad de Dios que se publicó en 1670. Pero se ha olvidado. Esta misión quiere ser anulada y la fe en Dios erradicada. El ataque contra la Abadía del Valle de los Caídos, su profanación, es una parte importante de este plan para erradicar la fe en el verdadero Dios. Esto lo denunció también públicamente el Presidente de la Comisión de Cultura del Parlamento rumano.

Cuando se leen sentencias que dictan los tribunales se observa la fuerza y tenacidad con la que testigos de Jehová litigan defendiendo los locales donde se reúnen para el culto, litigan musulmanes para defender su derecho a portar signos -el velo islámico-, evangélicos para defender su derecho a la libertad religiosa, o del Movimiento Gnóstico Cristiano Universal de España, para defender su derecho a la libertad religiosa y a hacer proselitismo, con sus hijos… No sé qué les sucede a los parlamentarios españoles católicos, a la jerarquía de la Iglesia católica en España y a la mayoría de los católicos. Nos están pisando, nos están atacando, vulnerando la ley y el Derecho, y parece que, como san Isidro fue español, esperan sentados a que vengan los ángeles del cielo a arreglarnos todo.

No nos engañemos; no vivimos tiempos de paz. Estamos siendo víctimas de un ataque muy sutil que pretende erradicar la fe católica. Hemos de defender nuestra fe y nuestros derechos con ley en la mano. Es lo que estoy haciendo: defenderme como católica, como hija de Dios con la ley en la mano, defender a mi Dios y defender a la Iglesia de la que formo parte.

Acaba de referirse a “un ataque contra la Abadía”. ¿Considera que se está enfocando correctamente el debate en torno a la defensa del Valle de los Caídos?

Creo que la defensa del Valle de los Caídos debe afrontarse en los tres niveles en los que está teniendo lugar el ataque.

El primer nivel de ataque está en el ámbito de las normas jurídicas. A este nivel el último ataque es el de la ley de memoria democrática de 2022 en los artículos que le afectan.

El Valle de los Caídos es, en primer lugar, una cuestión de Derecho Internacional público. Está protegido por los Acuerdos Iglesia Estado de 1979 que el Tribunal Constitucional dijo que tenían rango de Tratado internacional. El rango de la norma es importante porque la Constitución española en su artículo 9.3 garantiza el principio de jerarquía normativa. La jerarquía normativa en España es: 1. Constitución; 2. Tratados Internacionales. 3. Normas con rango de Ley. 4 Reglamentos… Una norma con rango de Ley -la Ley de memoria democrática-, no puede ir contra un Tratado ni contra la Constitución porque es jerárquicamente inferior al Tratado y a la Constitución. Por decirlo de manera gráfica: donde manda Capitán no manda marinero. Aquí el marinero está contradiciendo al Capitán y, que yo sepa, soy de las pocas personas que empezó a decirlo. Es más, hay algún Obispo que ha olvidado que las relaciones de la Iglesia Católica con el Estado se rigen por varios Tratados internacionales, en concreto seis; no por una norma con rango de Ley como dijo. Las confesiones cuyas relaciones con el Estado se rigen por Leyes, todas del año 1992, son la judía, la evangelista y la musulmana.

Además, la Ley de memoria democrática de 2022 carece de lo que el Tribunal Supremo denomina “legitimidad democrática”, porque fue aprobada solo por 173 votos a favor. 176 parlamentarios no la votaron: unos porque votaron en contra (159), otros se abstuvieron (14) o no votaron (3). Por tanto, lo que las matemáticas dicen es que el número de representantes que votaron a favor de la Ley de memoria democrática (173) es inferior al número de representantes que no la votaron (159+14+3= 176). No tiene el apoyo de la mayoría de los españoles.

El segundo nivel de ataque o en el que se ha creado confusión es el de la Administración. El artículo 103 de la Constitución obliga a la Administración Pública -y al gobierno-, a actuar con sometimiento pleno a la ley y al Derecho. A mi el TS me ha dado en el expediente administrativo la certificación del acuerdo del Consejo de Ministros de creación de la Comisión Interministerial para la resignificación del Valle de Cuelgamuros (CIRVC) creada por el Consejo de Ministros y, lógicamente, respaldada por el Gobierno.. Fue creada al amparo del artículo 22.3 de la Ley 40/2015 de régimen jurídico del sector público. Ese artículo dice textualmente que los acuerdos de ese tipo de Comisión Interministerial “NO PODRAN TENER EFECTOS DIRECTOS FRENTE A TERCEROS”. Y aquí ha habido efectos directos frente a muchos terceros: Arquitectos, etc.

Personalmente pienso que la Comisión Interministerial ha actuado por vía de hecho como una Comisión Delegada del Gobierno, lo que es contrario a Derecho y produce la nulidad radical de todo lo que ha actuado.

Además, según el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno -que le abrió expediente-, tiene obligación de publicar las actas de todas sus reuniones (al menos una al mes desde su creación); no se ha publicado ni una: todas las reuniones de la Comisión Interministerial para la resignificación del Valle de Cuelgamuros han sido “secretas”.

Por otra parte, dado que el Valle de los Caídos es una obligación internacional contraída por España ante la Congregación Benedictina de Solesmes sita en Francia y la Santa Sede, protegida por normas con rango de Tratado internacional y otras resoluciones de la Santa Sede, el competente para negociar si fuere posible sostengo que es el Ministro de Asuntos Exteriores; y, precisamente él no forma parte de la Comisión Interministerial para la Resignificación del Valle de Cuelgamuros.

A nivel de Administración, pero en este caso Administración de Justicia, el Tribunal Supremo ha sembrado confusión, dicho sea con el debido respeto. En la segunda sentencia de la exhumación de Franco (STS 954/2020 de 08/07/2020 ha declarado que el Valle de los Caídos es un conjunto monumental de titularidad pública estatal. Y lo cierto es que la titular de la finca y todos los edificios del Valle de los Caídos es la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos. Así obra registrada en el Registro de la Propiedad de San Lorenzo del Escorial.

Por su parte el Gobierno de Aragón que ha intervenido en temas de traslado de restos de fallecidos al Valle de los Caídos declaraba correctamente en su página web que la Titular del Valle de los Caídos es la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos. Y añadía que su estatuto jurídico es “fundación” “privada”. Aporté en mi recurso esta información pero ya ha sido borrada de la web del gobierno de Aragón.

El tercer nivel de ataque ha sido el concurso que ha finalizado en un proyecto arquitectónico de resignificación ganador; proyecto promovido por la referida Comisión Interministerial. Vd. se preguntará: - ¿ pero si no podían pasar de la verja cómo es que se han metido hasta la cámara nupcial, el altar?. Eso mismo me pregunto yo. Nunca debería haberse llegado a donde se ha llegado. Pero el hecho es que se ha llegado. Creo que ha sido por confusión, por dejación, por desidia y pereza a la hora de estudiar bien un tema que, como dice Vd. es complejo.

Yo combatí inicialmente el Concurso pero reparé en que sólo están legitimados quienes son licitadores y, también, lógicamente, los monjes porque en el Valle de los Caídos está la Abadía que es su residencia, la Basílica es el templo de su Abadía, el Colegio Escolanía que crearon es de su propiedad y tienen firmados dos convenios que están vigentes. Me retiré de esa línea de defensa en vía administrativa (por no ser licitadora). Pero puedo decirle que el concurso no ha respetado la ley ni una parte esencial del entramado jurídico que se creó para hacer posible la petición que España hizo a la Santa Sede en los años mil novecientos cincuenta y dos (creo que fue cuando comenzaron las gestiones aprovechando la firma del Concordato).

Cuando examiné el pliego de prescripciones técnicas comprobé que el Ministerio de la Vivienda olvidó tener en cuenta un reglamento que desarrolló el Decreto Ley de agosto de 1957 y un convenio con los monjes: no los incluyó en el pliego de prescripciones técnicas. El único convenio que cita lo cita mal porque confunde una de las partes que firmaron: dice que los monjes firmaron con el gobierno cuando en realidad el Abad en representación de la Abadía firmó con la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos. Se dejan tanto en el tintero que cualquier parecido del cuadro que dibujan con la realidad es pura coincidencia.

Considero que todo lo actuado a este nivel es nulo triplemente, porque lo actuado en los dos niveles anteriores es nulo.

¿Por qué ha dicho “si fuere posible negociar? ¿Qué opina de las negociaciones que ha habido o las que se proponen? ¿Acaso no es usted partidaria de una negociación?

Soy partidaria de negociar los asuntos o cuestiones negociables. Pero si algo no es negociable, no cabe negociar nada; y hacerlo con negociadores que carecen de competencia es perder tiempo, dinero y confundir. Respecto del Valle de los Caídos no cabe negociación.

Como he recordado antes el Valle de los Caídos es la respuesta de la Santa Sede a una petición que hizo España a la Abadía de Solesmes ( a través de la Abadía de Silos) y a la Santa Sede para que se erigiera una nueva Abadía benedictina, independiente, en el conjunto monumental sito en el Valle de Cuelgamuros, a la que se iban a encargar unos fines espirituales: el culto a Dios con la mayor solemnidad, impetrar por la paz en España…. España ofreció a la nueva Abadía para residir y cumplir los fines que se le solicitaban el conjunto monumental construido en el Valle y el propio Valle de Cuelgamuros. La Abadía de Solesmes aceptó y la Santa Sede aceptó los términos de dicho acuerdo internacional que cabe resumirlos en lo siguiente: por parte de España cesión indefinida de unos bienes demaniales a cambio de cumplimiento de fines espirituales y de estudio por parte de la Abadía.

El compromiso de España a nivel interno se plasmó en el Decreto Ley de 23 de agosto de 1957 de creación de la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos que en su artículo primero crea la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos. Y define sus fines: “Sus fines serán rogar a Dios por las almas de los muertos en la Cruzada nacional, impetrar las bendiciones del Altísimo para España y laborar por el conocimiento e implantación de la paz entre los hombres, sobre la base de la justicia social cristiana.”

Para la realización de dichos fines se dotó a la Fundación de los siguientes bienes:

Artículo tercero.-Se dota a la Fundación con los siguientes bienes:

a. El Valle de Cuelgamuros con todos sus edificios (incluidos los mobiliarios y ajuares), terrenos y derechos accesorios. Serán bienes de dominio público y tendrán, por consiguiente, el carácter de inalienables, imprescriptibles e inembargables y no estarán sujetos a tributación.

b. Los beneficios de la lotería de 5 de mayo (…)

c. Las aportaciones o donativos que puedan recibir de Corporaciones o particulares
Es evidente que los fines de la Fundación son fines espirituales católicos. Tan es así que en diversos documentos aparece citada como Fundación piadosa de la Santa Cruz del Valle de los Caídos.

Ese Decreto Ley se desarrolló en el CONVENIO ENTRE LA FUNDACIÓN DE LA SANTA CRUZ DEL VALLE DE LOS CAÍDOS Y LA ABADÍA BENEDICTINA DE SILOS, que en su artículo primero declara que la Abadía Benedictina independiente -Abadía de la Santa Cruz del Valle de los Caídos-, “residirá en el Valle de los Caídos de Cuelgamuros y se encargará del cumplimiento de los fines de la Fundación, en los términos y condiciones que se expresan en el Decreto Ley de 23 de agosto de 1957 y en el presente Convenio” . En su artículo segundo declara que la duración de este Convenio “será indefinida”. Tras enumerar en el artículo 3 todas las obligaciones de la Abadía, se declara que “en lo que se refiere al culto y al régimen interior de la Comunidad ésta tendrá la libertad plena conforme a las prescripciones de sus Reglas y Constituciones y al Derecho Canónico, sin injerencia alguna del Patronato de la Fundación o de cualquier autoridad civil”. El artículo sexto declara: La Fundación entregará, previo inventario, a la Abadía, la Basílica y edificios, incluidos enseres y muebles, y la Abadía se obliga a conservarlos en perfecto estado, para lo cual se fijará la cantidad necesaria en el presupuesto fundacional. En fin, podría extenderme pero creo que queda claro a qué se obligó España ante la Santa Sede.

Y, atendiendo a esta petición respaldada por el Decreto Ley de 1957 de Creación de la Fundación pía de la Santa Cruz del Valle de los Caídos, y el Convenio que iba a firmarse entre la Fundación y la Abadía, el 27 de mayo de 1958 el Papa Pio XII erigió la Abadía de la Santa Cruz del Valle de Los Caídos como Abadía exenta para que se estableciera en el Valle y Edificios del Valle de los Caídos (Cfr. Carta Apostólica STAT CRUX). Después de referirse a todos los edificios que con esplendidez España cedía a los monjes para cumplir los fines espirituales que se les encomendaban dijo en la Carta Apostólica STAT CRUX:
“erigimos y constituimos para siempre a la nueva Abadía exenta, que ha de ser nombrada con el título de Santa Cruz del Valle de los Caídos a la cual, como perteneciente a la Congregación Solesmense de la Orden de San Benito, la hacemos participe de todos los derechos y a privilegios concedidos a los Abades de tal Familia religiosa. Sin que obste nada en contra.
Esto promulgamos y establecemos, decretando que las presentes Letras sean y permanezcan siempre firmes, válidas y eficaces: que produzcan y conserven íntegros sus plenos derechos, que plenamente favorezcan, ahora y después, a los prelados y monjes, presentes y futuros, de la mencionada Abadía establecida de esta forma por Nos. Conforme a esto se ha de interpretar y definir; desde ahora se ha de tener sin efecto y sin valor cuanto atentare contra ellas, a sabiendas o por ignorancia, por quienquiera o en nombre de cualquier autoridad”.
“Para siempre” en español significa “para siempre”.

Yo tampoco dudo de la interpretación en español del significado de se ha de tener sin efecto y sin valor cuanto atentare contra ellas, a sabiendas o por ignorancia, por quienquiera o en nombre de cualquier autoridad.

Cuando San Juan XXIII erigió la Iglesia de la Abadía en Basílica Pontificia repitió la misma declaración.

Por tanto, con los antecedentes citados: un convenio de cesión de bienes demaniales indefinido con un entramado jurídico de desarrollo correcto con otro convenio firmado entre la Fundación y la Abadía para desarrollar el Reglamento de Régimen Interior y los dos documentos papales con los párrafos que acabo de reproducir…, en mi opinión, no hay nada que negociar por ninguna autoridad. La protección de los Tratados Internaciones es a más a más, porque como en el Derecho Internacional rige el principio Pacta sunt Servanda. El pacto es indefinido y no puede modificarse por ninguna autoridad: Roma locuta causa finita.

Lo dicho: es definitivo. Estamos ante una obligación internacional indefinida protegida, además, por un Tratado Internacional con la Santa Sede. Ante algo no negociable. Pero, o esto no se recuerda por quien debe recordarlo, o no sé qué sucede. Y, en su lugar, se incrementa la confusión y se insiste en que hay que negociar.

Respecto de esto quiero aclarar que también se confunde. Porque si lo que se quiere negociar es una modificación del Acuerdo sobre Asuntos Jurídicos Reino de España- Santa Sede (uno de los Tratados Internacionales), no cabe sentarse a negociar como si de la renegociación de un contrato de arrendamiento se tratara.

Cuando Trump dijo la primera vez en 2017 que EEUU salía del Acuerdo de Paris de Cambio Climático -que tiene rango de Tratado Internacional-, muchísimos analistas se quejaron de inmediato: -¡no puede!. Tiene que cumplir la legislación de los Tratados: la Convención de Viena.

Aquí nadie, que yo sepa, ha dicho nada. Pero es que, además, entramos en un ámbito en el que están afectados derechos fundamentales (el derecho a la libertad religiosa, el derecho al culto por citar sólo dos) y otras cuestiones respecto de las que, según el artículo 94 de la Constitución ha de intervenir el Parlamento. Y, hasta donde sé, este tema no se ha tratado con la seriedad que merece en el Parlamento.

De todas formas, aunque se reformaran los Acuerdos Reino de España Santa Sede, en Derecho Internacional rige el principio Pacta Sunt Servanda y respecto del Valle de los Caídos como ya he dicho, no cabe modificación. La Abadía es la beneficiaria de una concesión de bienes demaniales -todo el conjunto monumental y en mi opinión también el Valle de Cuelgamuros-, indefinida, para siempre, salvo que incumplan las obligaciones que les imponen: celebrar el culto con la mayor solemnidad, crear una Escolanía…. que lo están haciendo. Quien está incumpliendo aquí es la Fundación, que no dota de fondos para mantener los edificios.

Y, aunque se deduce de lo dicho, no cabe extinguir la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos y repartir sus bienes -que es uno de los objetivos para los que se creó la Comisión Interministerial para la Resignificación del Valle de Cuelgamuros-, porque forma parte inescindible del pacto internacional alcanzado con la Santa Sede. La situación no es comparable a la del Hotel Santa María del Paularsito al lado de la Abadía benedictina del Paular. Permítame recordarla. En el año 2014 la Comisión de Patrimonio del Ministerio de Cultura provocó el cierre del Hotel Santa María de El Paular donde los jóvenes que contraían matrimonio en la Iglesia del Real Monasterio del Paular de dicha Abadía Benedictina celebraban su boda. Tras el cierre, determinadas personas se llevaron tapices, otras arrancaron apliques y hasta grifos. Fue un dolor contemplar aquel expolio. El mobiliario y objetos de mayor valor fueron subastados. Cincuenta familias perdieron sus ingresos. Sólo dos fueron reubicadas con trabajo en hoteles de Barcelona. Eso es lo que se pretende hacer con todo el ajuar y los bienes de la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos. Pero no es posible porque que se cedieron a la Abadía de la Santa Cruz del Valle de los Caídos. Desconozco qué planes de reparto de bienes -que incluye la hospedería-, y ajuares ha hecho la Comisión Interministerial para la Resignificación del Valle de Cuelgamuros, que recuerdo, tiene prohibido por Ley adoptar acuerdos que afecten directamente a terceros. Pero, insisto, la extinción de la Fundación de la Santa Cruz no es posible; y el reparto de sus bienes, tampoco, aunque sea uno de los objetivos de una Comisión Interministerial creada por el Consejo de Ministros para ejecutar una Ley. No son cuestiones negociables porque la Fundación y todos los bienes de la que es titular forman parte de ese pacto internacional con la Santa Sede; y, además, gozan de la protección del Tratado Internacional como inviolables: todo en el Valle de los Caídos está ordenado al culto a Dios con la mayor solemnidad.

Entonces, siendo realistas, ¿hay alguna posibilidad real de parar todo el infame proceso de resignificación?

Si se aplica la Ley y el Derecho no cabe resignificar nada. Ahora que hay nuevo Abad es él la máxima autoridad de una Abadía que es “exenta” y “territorial” ostentando una concesión administrativa indefinida sobre el territorio especificado en el Decreto Ley de 23 de agosto de 1957 y normas y convenios posteriores de desarrollo -que no cabe derogarlos por ser una obligación internacional ante la Santa Sede para siempre-, cuya titular es la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos.

¿Cuáles son las siguientes acciones que espera realizar y qué resultados espera?

El Tribunal Supremo considera que no estoy legitimada. Pero debe interpretar los derechos fundamentales de acuerdo con la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos humanos. Voy a recurrir el Auto de inadmisión. Y espero no se asuste y sea estimado. Digo con el debido respeto que no se asuste porque cuando pedí que se completara el expediente administrativo no exigió que se completara. Y la ley le dota de medios para exigir que se complete.

¿Cuál sería su plan B en caso de que no prospere esta vía?

Rezar. En realidad este plan B llevo ejecutándolo de forma paralela. Rezar por la paz y rezar para que los pastores defiendan a la Iglesia como debe ser defendida.

Los católicos no somos un grupo de creyentes novatos de una nueva confesión que ha alcanzado el número de cien personas para que sea reconocida por el Estado, como algunos pretenden hacernos creer. No se nos puede tratar como a pordioseros; y al Señor, menos. El estado de alguno de los techos, barandillas, etc. de algunas zonas del Valle de los Caídos es propio de pordioseros, porque no se mantienen. No puede ser que con nuestros impuestos se estén realizando donativos a Organizaciones Internacionales mientras se deja que el Valle de los Caídos se deteriore.

La Santísima Virgen María vino a Zaragoza el dos de enero del año cuarenta y nos regaló el Pilar. Desde entonces la fe se estableció en España con especial arraigo y la difundimos por todo el mundo; somos la nación predilecta de la Virgen, pero, también, una de las que más dolor le está causando.

Mi recurso debería prosperar en un Estado de Derecho. Si no prosperara espero haber despertado a algunas personas que hasta el momento no han actuado, o han actuado confundidas, para que ejerzan la defensa de la Iglesia Católica como el Señor, la Santísima Virgen María y los católicos nos merecemos.

Por Javier Navascués