BIENVENIDO A ESTE BLOG, QUIENQUIERA QUE SEAS



sábado, 10 de julio de 2021

Actualidad Comentada | El odio como síntoma | P. Santiago Martín FM | Magnificat.tv | 09-07-2021

 Magnificat TV - Franciscanos de María

Duración 9:28 minutos

https://www.youtube.com/watch?v=4rhogaYiyxo

A catorce años de Summorum Pontificum: sus trágicos defectos

 ADELANTE LA FE


A medida que conocemos más y más sobre la corrupción doctrinal y moral de la jerarquía de la Iglesia actual, que se equipara con los registros del Renacimiento, parece rozar lo milagroso que Summorum Pontificum — el motu proprio emitido por el Papa Benedicto XVI liberalizando la celebración de la Misa Romana Tradicional — haya sido publicado. Fue un momento decisivo, un gesto de fortaleza y favor, y un claro factor en la multiplicación de las misas tradicionales en todo el mundo y en el debilitamiento de la hegemonía modernista. Agradecimos tener un Papa que, en lugar de lanzar un hueso a los supuestos nostálgicos —los “indultos” de Pablo VI y Juan Pablo II— haya tenido el coraje de decir la verdad: la gran liturgia de nuestra tradición nunca había sido abrogada y nunca podría ser abrogada.

Es justo decir desde el principio que Summorum Pontificum fue útil para el movimiento católico tradicional en la forma en que un enorme cohete propulsor de antaño fue útil para poner una nave espacial en órbita: tiene mucho poder en bruto, pero solo puede hacer eso, y cuando está vacío, se cae. Summorum está destinada a ser una de las grandes intervenciones papales de la historia, pero no es más que un control de daños; no puede ser un pilar, mucho menos un cimiento, de una estructura permanente.

A menos que entendamos sus puntos débiles, no podremos entender por qué seguimos siendo tan vulnerables a las maquinaciones del Papa Francisco y su círculo y, más concretamente, no podremos reunir la fuerza necesaria para ignorar u oponerse a lo que el Vaticano pudiera hacer para reducir o prevenir la celebración del rito romano clásico. Por mucho que el movimiento tradicional se haya beneficiado pragmáticamente de Summorum (y de eso, no puede haber ninguna duda), debemos aprender a poner todo nuestro peso en nuestros propios pies, de modo que cuando la muleta legal o el aparato ortopédico se retire de repente, no nos caigamos sin poder hacer nada.

El Prólogo de Summorum es un verdadero himno al papel central de los Romanos Pontífices en la guía de la sagrada liturgia a lo largo de los siglos. Benedicto XVI reconoce con razón los papeles decisivos desempeñados por San Gregorio Magno, San Pío V y muchos otros pontífices (su lista incluye a Clemente VIII, Urbano VIII, San Pío X, Benedicto XV, Pío XII y Juan XXIII). Sin embargo, no se da cuenta de un hecho de suma importancia: los papas, aunque ocasionalmente modificaron detalles de la liturgia, nunca se vieron a sí mismos como dueños y señores de los ritos de la Iglesia, como si pudieran ejercer un control completo sobre ellos, como si pudieran deshacerse de estos ritos y rediseñarlos desde cero si así lo deseasen. Para usar una metáfora querida por Ratzinger, el suyo era el trabajo de jardineros, no de fabricantes. Si consideramos a los papas uno a uno, la contribución de cualquiera de ellos palidece en comparación con la suma total del patrimonio que recibieron y transmitieron.

La lista de pontífices nombrados en Summorum incluye un papa del siglo VI, uno del siglo XVI, uno del XVII y cinco del XX. Después de muchos siglos de estabilidad, – algo que no significa osificación sino más bien perfeccionamiento de una forma que madura lentamente bajo la guía del Espíritu Santo – como he argumentado en otra parte, no podemos dejar de notar que “algo pasó” una vez que llegamos al siglo XX: una especie de picazón o locura creciente por la reforma litúrgica a medida que pasamos de los cambios de breviario y calendario a principios de siglo, a una revisión de la Semana Santa a mediados de siglo, a una deconstrucción y reconstrucción de todos los ritos y ceremonias en la década de 1963 a 1974.

Vemos evidencias, francamente, de un ultramontanismo hipertrófico que convierte al Papa en quien determina el contenido y el mensaje del culto católico, con cada vez menos respeto por la tradición. En marcada contraposición, el rito romano codificado por Pío V después del Concilio de Trento preexistía a cualquier codificación papal. Ese Missale Romanum es lo que es no porque el Papa lo haya hecho así, sino porque el Papa verificó y validó lo que había recibido, en una edición impresa que le pareció más fiel a la tradición.

Summorum Pontificum describe a los amantes del antiguo rito de esta manera: “En algunas regiones, no pocos fieles se adhirieron y continúan adhiriéndose con gran amor y afecto a las formas litúrgicas anteriores”, que, dice el Papa Benedicto, “habían… marcado profundamente su cultura y su espíritu”. Sin embargo, ¿no incumbe a los católicos como tales amar la liturgia que les ha sido legada por siglos de fe? Este era nada menos que el objetivo primordial de la fase sana del Movimiento Litúrgico como vemos en la figura de Dom Prosper Guéranger: conocer mejor la liturgia heredada, para amarla más y vivirla más plenamente.

La “cultura y el espíritu” de estos fieles estaban “profundamente marcados” por su liturgia, ¡por supuesto, y con razón! Los fieles que se esforzaban por ser católicos practicantes no necesitaban una liturgia diferente, ya que aquella con la que daban culto había conquistado sus corazones y mentes, y había permeado sus vidas e incluso su entorno social (basta pensar en las riquezas del antiguo calendario litúrgico). Es como si Summorum identificara como preocupación minoritaria la única mentalidad católica y el único resultado deseado en toda la historia de la liturgia. Por implicación, la llamada reforma fue un acto de violencia por el cual los fieles fueron alienados de las “formas litúrgicas” que definían la fe y la vida católicas.

Después de ofrecer una lista de papas que nunca se atrevieron a prohibir (y, por lo mismo, nunca se atrevieron a “permitir”) dar culto en los ritos antiguos, Benedicto XVI menciona el “indulto” de Juan Pablo II, un concepto que sólo tiene sentido en la hipótesis de que la Iglesia tiene la autoridad para prohibir o suprimir un rito tradicional, lo que Benedicto, apenas unos párrafos después, niega (y, además, niega en muchos otros escritos suyos). Sólo lo que ha sido definitivamente descontinuado requiere un indulto; si el usus antiquior nunca fue abrogado y no puede ser abrogado, entonces un sacerdote nunca necesitó permiso para decirlo, y nunca necesitará permiso para decirlo.

Este punto es obviamente de la mayor importancia cuando se reacciona ante cualquier futuro intento papal o curial de subvertir el uso del rito romano tradicional. Lamentablemente, en su enfoque general Summorum Pontificum y su carta adjunta a los obispos Con Grande Fiducia todavía reflejan la falsa visión de que el Papa y los obispos tienen la autoridad para dictar si los sacerdotes ordenados para el rito romano pueden o no usar la forma clásica de su propio rito, la única forma que existía, de origen apostólico y continuo desarrollo eclesial de más de 1.500 años. Es una contradicción decir que un sacerdote de rito romano usa normativamente un rito parcialmente deformado y parcialmente inventado promulgado por un solo Papa, mientras que el mismo sacerdote podría o no usar un venerable rito recibido y transmitido por cientos de papas y reforzado por su autoridad acumulativa.

La característica más notoria de Summorum Pontificum es su afirmación, en el artículo 1, de que hay dos “formas” del rito romano: El Misal Romano promulgado por Pablo VI es la expresión ordinaria de la lex orandi (ley de la oración) de la Iglesia Católica de rito latino. No obstante, el Misal Romano promulgado por San Pío V y reeditado por el beato Juan XXIII debe considerarse como una expresión extraordinaria de esa misma lex orandi, y debe recibir el debido honor por su venerable y antiguo uso. Estas dos expresiones de la lex orandi de la Iglesia no conducirán de ninguna manera a una división en la lex credendi (ley de fe) de la Iglesia. Son, de hecho, dos formas del mismo rito romano.

Sin embargo, la afirmación de que el Missale Romanum de 1969 de Pablo VI (el “Novus Ordo”) es, o pertenece al mismo rito que el Missale Romanum codificado por última vez en 1962, o, más claramente, que el Novus Ordo puede llamarse “rito Romano” de la Misa – no puede resistir el escrutinio crítico, ni puede sostenerse esta afirmación para dos libros litúrgicos, Vetus y Novus . Nunca antes en la historia de la Iglesia Romana han habido dos “formas” o “usos” del mismo rito litúrgico local, simultáneamente y con el mismo estatus canónico.

Que el Papa Benedicto pueda decir que el uso más antiguo nunca fue abrogado (numquam abrogatam) prueba que la liturgia de Pablo VI es algo nuevo, más que una mera revisión de su precursor, ya que cada editio typica anterior del misal había reemplazado y excluido a su predecesor. Si bien siempre ha habido diferentes “usos” en la Iglesia latina, esta duplicación de la liturgia de Roma es un caso de trastorno de identidad disociativo o esquizofrenia.

De ninguna manera es posible, y mucho menos deseable, hablar del rito tridentino y del Novus Ordo como “dos usos” o “formas” del mismo rito romano; y es ridículo decir que la forma desviada es “ordinaria” y la tradicional “extraordinaria”, a menos que la evaluación sea meramente sociológica o estadística. Con una creciente cantidad de estudios que muestra las diferencias radicales en el contenido teológico y espiritual entre el rito romano y el rito papal moderno de Pablo VI, no es intelectualmente honesto o creíble afirmar que los ritos antiguos y nuevos expresan la misma lex orandi o, en consecuencia, la misma lex credendi. Puede ser que el nuevo rito esté libre de herejía, pero su lex orandi sólo se superpone parcialmente con el antiguo rito, y también con la credenda que transmiten, como se ve no solo en los textos sino también en las ceremonias y en todas las demás dimensiones del culto público.

Si hay una afirmación común a los tradicionalistas de todo tipo, sería la siguiente: lo que Pablo VI hizo con la liturgia de la Iglesia Católica fue un cambio tectónico, un asalto sin precedentes a la tradición y, por lo tanto, verdaderamente incorrecto, indigno del papado, incompatible con los deberes del oficio papal, nefando en la forma en que el patricidio o la traición son nefandas. Sabemos que los papas anteriores agregaron o modificaron los ritos, pero nunca de tal manera que uno pudiera mirar el “antes” y el “después” y decir: son cosas diferentes. Pablo VI hizo lo que ningún Papa se había atrevido a hacer: cambiar todos los ritos de la Iglesia Católica, de arriba abajo. Incluso modificó todas las formas sacramentales, la más sagrada de las fórmulas.

Al comparar las misas antiguas y nuevas, uno está mirando calendarios en gran parte incompatibles, leccionarios casi totalmente diferentes y una deconstrucción radical de la eucología(es decir, los textos de oración), la músicay las rúbricas. Se pueden hacer comparaciones igualmente desfavorables entre dos acciones cualesquiera de la Iglesia en oración: bautismo nuevo y antiguo, confirmación nueva y antigua, ordenaciones diaconales, sacerdotales y episcopales antiguas y nuevas, bendiciones antiguas y nuevas de cualquier objeto, etc. Indiscutiblemente, los tradicionalistas tienen razón al decir que esto no fue en modo alguno una “reforma” sino más bien una revolución.

¿Tiene un papa autoridad para hacer lo que hizo Pablo VI? No pregunto si puede pretender tener la autoridad, gastando mil años de capital político en exigir de la jerarquía y los fieles una obediencia a la obstinación, una recepción de la revolución que vicia la actitud católica de receptividad a la tradición. Tampoco pregunto qué pensó Pablo VI que estaba haciendo o era capaz de hacer, ni qué obispos y el resto de fieles pensaron que estaban haciendo o debían hacer en respuesta a la imposición de nuevos ritos que tienen más en común con Cranmer y Pistoya que con Cluny y Trento.

Más bien, deberíamos preguntarnos si objetivamente un Papa tiene derecho a sustituir nuevos ritos por los ritos desarrollados orgánicamente dentro de la Iglesia Católica a lo largo de toda su historia. Las intenciones subjetivas pueden ser desordenadas y confusas; pero objetivamente la revolución litúrgica separó a los católicos de su propia tradición, de la ortodoxia como “culto correcto”, y reconfiguró la relación de lex orandi y lex credendi de tal manera que una coalición de liturgistas que canalizaba “el magisterio del momento” se convirtió en la única norma de oración.

Si tal ruptura puede considerarse legítima y aceptable, ya no queda ningún principio perenne de la liturgia: todo se ha reducido al mero ejercicio del papado en la forma que le plazca. El cardenal Juan de Torquemada (13881468) expresó la perspectiva de sentido común de la mayor parte de la historia de la Iglesia: si un Papa no observa “el rito universal del culto de la Iglesia” y “se separa con pertinacia de la observancia de la iglesia universal”, es “capaz de caer en el cisma” y no debe ser obedecido ni soportado (non est sustinendus).

Este, entonces, es el problema fundamental con Summorum Pontificum: es internamente incoherente, se basa en una contradicción monumental provocada por el peor abuso del poder papal en la historia de la Iglesia. Como resultado, sus disposiciones no pueden dejar de hacerse eco, casi en cada paso del camino, de una dialéctica insoluble entre los privilegios inquebrantables de la tradición eclesiástica colectiva y una autoridad asumida o presunta sobre la etiología litúrgica, la ontología y la teleología. El motu proprio refleja y refuerza los falsos principios de la eclesiología y la liturgia que llevaron a la crisis misma de la que fue una respuesta parcial. De hecho, la obra de Benedicto XVI se caracteriza a menudo por un método dialéctico hegeliano que quiere mantener contradicciones simultáneamente, o buscar una síntesis superior a partir de una tesis y su antítesis (en este marco puede entenderse el “enriquecimiento mutuo” de ambas “formas”).

Después de su prólogo y artículo 1, el resto de Summorum Pontificum retiene sutilmente la liturgia tradicional como rehén, o le da, por así decirlo, ciudadanía de segunda clase. El resultado práctico de su lenguaje ha sido multiplicar las excusas para los párrocos y obispos, que siempre pueden reclamar que la actividad pastoral está siendo o sería obstaculizada por la existencia de sacramentos en el antiguo rito, que la guía episcopal implica poder de veto sobre la “aceptación voluntaria” de sacerdotes de peticiones “para celebrar la venerable Misa”, y que los católicos que la solicitan están fomentando la discordia y dañando la unidad de la Iglesia.

Summorum Pontificum complica innecesariamente la situación y multiplica las posibilidades de obstrucción burocrática. Nunca es fácil persuadir a los obispos para que sean verdaderamente pastorales, pero un documento que simplemente decía: “La antigua Misa debe estar disponible en todas las diócesis en múltiples lugares para tal o cual fecha, y todos los seminaristas deben ser entrenados en él” podría haber superado parte de la inercia, el obstruccionismo y la perpetua desidia que hemos visto en los catorce años desde que apareció el motu proprio.

El artículo 9 puede tomarse como un caso estudio:

El párroco, después de haber examinado atentamente todos los aspectos, también puede conceder permiso para utilizar el ritual anterior para la administración de los sacramentos del bautismo, el matrimonio, la penitencia y la unción de los enfermos, si el bien de las almas lo requiere. A los ordinarios se les da el derecho de celebrar el Sacramento de la Confirmación usando el Pontifical Romano anterior, si el bien de las almas parece requerirlo.

Aunque la intención es admirable, el lenguaje vuelve a ser demasiado cauteloso, demasiado evasivo. ¿Cuándo sabemos que un pastor ha “examinado atentamente todos los aspectos”? ¿Cuándo lo sabrá? ¿Por qué tiene que conceder permiso para los demás ritos sacramentales, si no fueron más abrogados que la Misa? Y la condición principal, “si el bien de las almas parece exigirlo”, se encontrará con frecuencia con una atronadora réplica: “¡La salvación de nadie depende de un rito litúrgico en particular!”

Sé de obispos que simplemente niegan rotundamente que sea bueno para las almas tener acceso a los ritos tradicionales de la Iglesia; dicen que es mejor para ellos ser “obedientes”, “humildes y contentos con lo que la Iglesia provee”, y “no buscar lo externo o estar obsesionado con las propias ideas de lo que es reverente”, etc. Digámoslo de esta manera: si párrocos y obispos tuvieran una pista de lo que es “el bien de las almas”, no estaríamos en la desastrosa situación en la que nos encontramos.

Por grandes que sean los beneficios que hemos podido cosechar a través de Summorum Pontificum, necesitamos urgentemente una comprensión teológica más completa de la legitimidad inherente de la liturgia tradicional y la inalienabilidad (por así decirlo) de los derechos del clero y los laicos a tal liturgia. Necesitamos ver que, por mucho que los papas hayan contribuido al culto divino a lo largo de los siglos, no estamos en deuda con los papas por la liturgia; los preexiste, es superior en su realidad y en su autoridad; es posesión común de todo el Pueblo de Dios.

Si se abroga Summorum Pontificum, la liturgia romana tradicional no será por ello abrogada; si se reducen las provisiones de Summorum, eso no será motivo para reducir la restauración cada vez mayor de nuestro inmenso tesoro de fe y cultura. Puede ser que la Divina Providencia vea la necesidad de apartarnos aún más de la leche del ultramontanismo para que podamos ejercitar nuestras mandíbulas en la carne de la tradición, con o sin la aprobación de los prelados.

Peter Kwasniewski

(Traducido por Agustín Silva Lozina. Artículo original)