BIENVENIDO A ESTE BLOG, QUIENQUIERA QUE SEAS



viernes, 19 de septiembre de 2025

Dignitatis Humanae y el Magisterio perenne de la Iglesia (SCHOLA VERITATIS)



El documento acerca de la Libertad Religiosa del Concilio Vaticano II ha sido extensamente debatido y objeto de controversia. No ocurrió así, por ejemplo, con ningún texto ni canon del Concilio de Trento, ni en muchos otros Concilios de la Iglesia. Esto es el resultado de abandonar el lenguaje tradicional de la Iglesia, lo que tiene en sí graves consecuencias -como puede apreciarse en el caso que estudiamos y muchos otros-.

Muchos autores bien intencionados y de probada fidelidad a la Iglesia, defienden una adhesión al Vaticano II en su totalidad, en la literalidad de sus textos, como si tal actitud se identificara con la indefectibilidad de la Iglesia. Aunque algunos admitan que «los textos no tuvieron la mejor redacción», no permiten realizar ninguna crítica a los textos mismos en su contenido y los defienden contra viento y marea. En cambio, han sido los mismos Papas los que en la convocatoria del Vaticano II dijeron que se trataba de un Concilio Pastoral, que no pretendía hacer afirmaciones definitivas. Y esto no se puede olvidar ni obviar en cualquier análisis serio que se haga de los textos.

Por otra parte, el comunicado oficial de la Santa Sede, con motivo de las conversaciones con la FSSPX en tiempos de Benedicto XVI, establece como base la aceptación de un llamado Preámbulo Doctrinal, pero añade que deja «a una discusión legítima, el estudio y la explicación teológica de expresiones o formulaciones particulares presentes en los documentos del Concilio Vaticano II y del Magisterio sucesivo» (https://blog.messainlatino.it/2011/09/bollettino-ufficiale-dellincontro-roma.html).
Nótese que el objeto de esta discusión, que es expresamente reconocida como «legítima», no son sólo las interpretaciones de los documentos, sino el texto mismo de estos últimos: las «expresiones o formulaciones» usadas en los documentos conciliares.
Muchas personas, y yo mismo, creíamos que había que adherirse tanto al Concilio Vaticano II como a las declaraciones de los Papas posteriores en su integridad, y, por tanto, en mi caso, no aceptaba críticas por temor a ser infiel a la Iglesia y a la devoción debida al Santo Padre. Sin embargo, como indica Monseñor Athanasius Schneider, «semejante actitud no es sana y contradice la tradición de la Iglesia, como observamos en los Padres, Doctores y los grandes teólogos de la Iglesia a lo largo de 2.000 años» (Christus vincit 143).

«… Incluso ahora -continúa diciendo Monseñor Schneider- en la mentalidad de los católicos buenos y fieles en general, se percibe, a mi juicio, como un esfuerzo para ver como absolutamente infalible todo lo que dijo el Concilio Vaticano II o todo lo que dice o hace el Pontífice actual. Esta clase de ultramontanismo, donde se da un centralismo papal insano, ya había estado presente entre los católicos a lo largo de varias generaciones… Pero desde siempre ha habido crítica y se ha permitido dentro de la Tradición de la Iglesia, puesto que lo que se debe buscar, en todo momento, es la verdad y la fidelidad a la Revelación divina, lo cual supone en sí la necesidad de hacer uso de la razón y evitar los malabarismos erróneos» (ibid).

Ahora bien, dentro del espíritu de los defensores a toda prueba de DH, se arguye que

El planteamiento de la libertad religiosa cambió a causa de una situación histórica concreta. La sociedad está completamente secularizada, no es cristiana …

«Aunque el cambio del contexto histórico es evidente (dice Monseñor Schneider), eso no permite modificar los principios, los cuales son independientes de las circunstancias. El primero es que solo la verdad tiene derechos; … toda sociedad humana, incluso sus gobiernos, deben reconocer a Cristo y adorarlo; son verdades reveladas como afirma Pío XI en Quas Primas. Por supuesto que el Estado no debe invadir las competencias de la Iglesia. No obstante, en su calidad de representante del pueblo, las autoridades deben adorar públicamente a Cristo, el Dios verdadero, y deben practicar la religión verdadera, que es únicamente la religión católica. Esta es una verdad católica constante, que ninguna autoridad eclesiástica puede cambiar por su contraria. Otra cuestión es la aplicación concreta y práctica de esta verdad en una situación histórica cambiante» (Ibid 108-109).

La cuestión que nos interesa ver ahora es el error que contiene DH en su texto.

Continúa Monseñor Schneider: «Dice el texto de la declaración DH que la libertad de cada uno para elegir la religión propia es un derecho fundamentado en la misma naturaleza de la persona humana (nº2: «In ipsa eius natura fundatur»), con las justas limitaciones de no provocar un peligro de orden público en la sociedad. 

Ahora bien, el hombre no tiene derecho por naturaleza a cometer un pecado o a abrazar un error. No existe ningún derecho natural de ofender o de ultrajar a Dios, y una religión idolátrica o cualquier religión falsa es un ultraje que se comete contra Dios. Podemos tolerar el pecado y el error, pero no podemos reconocerlo como un derecho natural; esto sería una perversión contra el orden creado por Dios puesto que Dios ha creado a todos los hombres con el fin de que conozcan y adoren únicamente y de modo explícito al Dios trinitario» (ibid. 107-108).

Que el Concilio va más allá de la mera inmunidad de coacción, que por otra parte la Iglesia siempre sostuvo, se demuestra en el hecho, indicado por el punto 4 de la DH, de que las distintas confesiones religiosas, tendrían todas ellas derecho incluso a hacer proselitismo y defender sus principios como normativos para la sociedad. Eso implicaría, por poner un ejemplo, que los musulmanes tienen el derecho a defender la sharia como «doctrina para la ordenación de la sociedad y para la vitalización de toda actividad humana» (DH 4)

Para terminar esta reflexión, citamos, con permiso del mismo Monseñor Athanasius Schneider, los números 746-758 del libro Credo, Compendio de la fe católica, que ya ha aparecido  en su versión española. De esta manera, buscamos dar luz al pueblo fiel católico sencillo respecto a esta cuestión, dadas las graves consecuencias que ha acarreado en el contexto de la apostasía actual.

La Libertad Religiosa

1. Qué hay que hacer cuando se habla de la libertad religiosa?

El hombre goza de una libertad psicológica tal que le permite rechazar la creencia en Dios que se revela. Sin embargo, el hombre tiene la grave obligación de abrazar la Revelación divina; por lo tanto, tiene el deber moral de obedecer a Dios y está privado de libertad moral a este respecto. De hecho, el hombre tiene la capacidad física de pecar, pero tiene un grave deber moral de abstenerse de pecar.

2. Entonces ¿la “libertad religiosa” no es un derecho humano fundamental e inalienable?

No. Todo derecho, o capacidad moral para hacer algo conforme a la ley, se otorga al hombre solo para acciones verdaderas. Pero el error y la falsedad, especialmente en materia de religión, son malos en sí mismos y, por lo tanto, no establecen el título de un derecho legítimo[1]. Si bien todo el mundo tiene el derecho natural a no ser obligado a practicar una religión, ningún hombre tiene el derecho, ni siquiera un derecho meramente civil, de ofender a Dios eligiendo un mal moral, o practicando o promoviendo un error religioso[2]. Dios ha dado a todos los hombres el derecho natural de elegir solo el bien y la verdad, que es el único uso adecuado de su libertad.

3. ¿Existe algún derecho civil legítimo a la inmunidad al ejercer y difundir una religión falsa?

No. Aunque tales afirmaciones han sido hechas incluso por autoridades de la Iglesia en nuestro tiempo[3], nadie tiene un derecho universal, positivo y natural a practicar lo que entiende como “religión”. Cualquier derecho civil en relación con esto es igualmente un grave error, ya que todas las leyes civiles éticamente válidas deben estar en armonía con la voluntad divina positiva, expresada en la Revelación divina y en la ley natural. Las leyes civiles que promueven la libertad de ofender a Dios mediante la propagación de religiones falsas no pueden ser válidas ni estar arraigadas en la naturaleza humana.

4. ¿Qué daño puede producirse si los estados permiten la propagación de religiones falsas?

Además de violar la ley divina y fomentar el indiferentismo religioso, esa permisión a menudo allana el camino para prácticas religiosas falsas que contradicen la ley natural, por ejemplo: la poligamia, el divorcio, la anticoncepción, los cultos inmorales, las prácticas de magia, el fetichismo, el sacrificio humano o el odio racial.

5. ¿Qué nos enseña al respecto el Magisterio perenne de la Iglesia?

“El derecho es una facultad moral que, como hemos dicho ya y conviene repetir con insistencia, no podemos suponer concedida por la naturaleza de igual modo a la verdad y al error, a la virtud y al vicio. Existe el derecho de propagar en la sociedad, con libertad y prudencia, todo lo verdadero y todo lo virtuoso para que puedan participar de las ventajas de la verdad y del bien el mayor número posible de ciudadanos. Pero las opiniones falsas, que son la máxima plaga mortal del entendimiento humano, y los vicios corruptores del espíritu y de la moral pública deben ser reprimidos por el poder público para impedir su paulatina propagación, dañosa en extremo para la misma sociedad”[4].

6. Una conciencia invenciblemente errónea en materia de religión, ¿establece un derecho legítimo?

No. Una conciencia invenciblemente errónea excusa del pecado cuando uno viola la ley divina como resultado de tal error, pero nunca puede establecer un derecho a tales violaciones. Los derechos se establecen según criterios estrictamente objetivos, no subjetivos; por lo tanto, quien por conciencia errónea actúa contra la ley divina y no abraza la fe católica, no adquiere el derecho de propagar doctrinas contrarias a la verdad revelada[5].

7. Una noción falsa de libertad religiosa, ¿convierte con facilidad a la conciencia individual en fuente de derechos y deberes en materia religiosa?

Sí, pues subordina el orden objetivo al subjetivo. Los dictados de la conciencia subjetiva deben someterse a las verdades objetivas establecidas por Dios y manifestadas al hombre ya sea por el orden natural o por la Revelación[6].

8. ¿Debería el derecho civil legitimar la difusión de religiones falsas por respeto a una conciencia invenciblemente errónea?

No. Especialmente en el caso de los menores de edad, nadie está obligado a sufrir las consecuencias de una opinión o acción religiosa errónea bajo el pretexto de que cada uno tiene un supuesto derecho natural a difundir su propia religión, y mucho más si tales prácticas religiosas son ofensivas o peligrosas para su vida religiosa y moral[7]. Los derechos de una conciencia verdadera y bien formada son superiores a los derechos de una conciencia invenciblemente errónea.

9. ¿Cuál es la verdadera dignidad humana en relación con la religión?

La dignidad del hombre consiste en el recto uso de la libertad. Por lo tanto, no se puede dar a la persona humana ningún derecho verdadero y propio que contradiga la verdad divina en la ley natural o positiva de Dios.

10. ¿Ha condenado la Iglesia la teoría de la elección privada ilimitada en religión?

Sí. El papa Pío IX condenó formalmente las siguientes opiniones: “Todo hombre es libre para abrazar y profesar la religión que juzgue verdadera guiado por la luz de su razón”[8] y “Los hombres pueden, dentro de cualquier culto religioso, encontrar el camino de su salvación y alcanzar la vida eterna”[9].

11. ¿Cómo ha llamado el Magisterio a esta concepción de la libertad absoluta de conciencia y de religión?

Se la ha llamado “libertad de perdición”. El papa Pío IX condenó la opinión de que “la libertad de conciencia y culto es un derecho propio de todo hombre, derecho que debe ser proclamado y asegurado por la ley en toda sociedad bien constituida; y que los ciudadanos tienen derecho a la libertad omnímoda de manifestar y declarar públicamente y sin disimulo sus conceptos, sean cuales fueren, ya de palabra, de forma impresa, o de cualquier otro modo… [Esto es] predicar la ‘libertad de perdición’ (san Agustín, Ep. 105 a los donatistas)”[10].

12. ¿Solo el catolicismo tiene un derecho natural y sobrenatural a ser libremente ejercido y difundido?

Sí. El catolicismo posee el único derecho genuino a la libertad religiosa tanto en el orden subjetivo como en el objetivo, porque se funda no solo en la ley natural, sino también en aquellos derechos que provienen de la Revelación divina[11].

13. Entonces, ¿existe una diferencia básica entre la “libertad” de las religiones falsas y la de la Iglesia católica?

Sí. Las falsas religiones están constituidas por la libre voluntad de las personas. Pero la Iglesia católica, establecida por institución divina, es la sociedad religiosa originaria y suprema, cuya libertad se basa en el mandato dado por su divino Fundador de enseñar, gobernar y santificar a todas las naciones (cf. Mt 28,18-20), y por lo tanto tiene el derecho absoluto de practicar, difundir y promover su fe en todo tiempo y lugar[12].

P. Pedro Pablo Silva, SV


[1] Cf. Monseñor Javier Miguel Ariz Huarte, Acta Synodalia Sacrosancti Concilii Oecumenici Vaticani Secundi, vol. 3, per. 3, pt. 2, Congregationes Generales LXXXIII-LXXXIX, Città del Vaticano 1974, 627.

[2] Cf. Papa León XIII, Libertas Praestantissimum.

[3] Como, por ejemplo, en las siguientes afirmaciones del Vaticano II: “Esta libertad [religiosa] consiste en que… en materia religiosa, no se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, solo o asociado con otros, dentro de los límites debidos… El derecho a esta inmunidad permanece también en aquellos que no cumplen la obligación de buscar la verdad y de adherirse a ella, y su ejercicio, con tal de que se guarde el justo orden público, no puede ser impedido” (Dignitatis Humanae [7 de diciembre de 1965], 2).

[4] Papa León XIII, Libertas Praestantissimun, 18.

[5] Cf. Monseñor Javier Miguel Ariz Huarte, Acta Synodalia Sacrosancti Concilii Oecumenici Vaticani Secundi, vol. 3, per. 3, pt. 2, Congregationes Generales LXXXIII-LXXXIX, Città del Vaticano 1974, 627.

[6] Cf. Monseñor Benigno Chiriboga, Acta Synodalia Sacrosancti Concilii Oecumenici Vaticani Secundi, vol. 3, per.3, pt. 2, Congregationes Generales LXXXIII-LXXXIX, Città del Vaticano 1974, 647.

[7] Cf. Papa León XIII, Inmortale Dei, 15.

[8] Syllabus Errorum, proposición 15, repitiendo la condena hecha por la Carta Apostólica Multiples inter, (10 de junio de 1851) y la Alocución Maxima quidem, (9 de junio de 1862).

[9] Syllabus Errorum, proposición 16, repitiendo la condena hecha por la Encíclica Qui pluribus, (9 de noviembre de 1846) y por la Encíclica Singulari quidem, (17 de marzo de 1856).

[10] Cf. Pío IX, Carta Apostólica Quanta Cura (8 de diciembre de 1864), citando al papa Gregorio XVI, Encíclica Mirari Vos (15 de agosto de 1832).

[11] Cf. Cardenal Alfredo Ottaviani, Acta Synodalia Sacrosancti Concilii Oecumenici Vaticani Secundi, vol. 3, per. 3, pt. 2, Congregationes Generales LXXXIII-LXXXIX, Città del Vaticano 1974, 377.

[12] Cf. Monseñor Giuseppe Vairo, Acta Synodalia Sacrosancti Concilii Oecumenici Vaticani Secundi, vol. 3, per. 3, pt. 2, Congregationes Generales LXXXIII-LXXXIX, Città del Vaticano 1974, 749.

Coalición católica pide rechazar el lobby que impulsa uniones homosexuales y que se revoque Fiducia supplicans




El pasado 15 de septiembre, día de Nuestra Señora de los Dolores, una coalición de 25 asociaciones católicas, presentó al Papa León XIV una apelación filial pidiéndole que confirme con absoluta claridad la enseñanza perenne de la Iglesia sobre el matrimonio y la moral sexual frente a la presión de un “poderoso lobby” que busca legitimar las uniones entre personas del mismo sexo. Los firmantes están inspirados en el pensador brasileño Plinio Corrêa de Oliveira, fundador del movimiento Tradición, Familia y Propiedad (TFP)

Peticiones concretas

- Reafirmar el magisterio perenne de la Iglesia sobre los actos homosexuales, rechazando explícitamente las propuestas de alterar el Catecismo de la Iglesia Católica y sosteniendo la Sagrada Escritura.

- Revocar la declaración Fiducia supplicans de 2023, sobre las bendiciones a parejas del mismo sexo, y reafirmar la prohibición vaticana de 2021 respecto a tales bendiciones.

- Anular el rescripto de 2017 del papa Francisco, que otorgó especial peso magisterial a la interpretación de los obispos argentinos de Amoris laetitia, permitiendo la Comunión para algunos divorciados vueltos a casar civilmente.

Una súplica filial y aprensiva a Su Santidad el Papa León XIV

Santísimo Padre,

A la luz de sus recientes y auspiciosas declaraciones en defensa de la familia y de la coherencia que los católicos deben mantener en la vida pública al sostener los principios de la Fe, las asociaciones firmantes —herederas del pensamiento y de la acción del gran líder católico brasileño Plinio Corrêa de Oliveira— se dirigen filialmente a Vuestra Santidad para expresar sus aprensiones sobre el futuro de la familia.

En 2015, nos dirigimos al papa Francisco entre los dos Sínodos sobre la Familia para denunciar la alianza de influyentes organizaciones, fuerzas políticas y medios de comunicación que promovían la llamada ideología de género. Esta ideología servía como un sello de aprobación de una revolución sexual que favorece costumbres contrarias a la ley natural y divina. Más grave aún, señalamos la confusión generalizada entre los católicos, “surgida de la posibilidad de que se hubiera abierto una brecha en la Iglesia que aceptaría el adulterio —al permitir a los divorciados y luego vueltos a casar civilmente recibir la Sagrada Comunión— y prácticamente aceptaría incluso las uniones homosexuales”. Como resultado, pedimos al papa Francisco “aclarar la creciente confusión entre los fieles” y evitar “que la misma enseñanza de Jesucristo fuera diluida”.

Con el apoyo de otras entidades de la coalición titulada Supplica Filiale al Papa Francesco sul futuro della Famiglia (“Súplica filial a Su Santidad el Papa Francisco sobre el futuro de la familia”), recogimos 858.202 firmas. Estas fueron entregadas a la Santa Sede en la mañana del 29 de septiembre de 2015, casi exactamente hace diez años.

Entre los signatarios de aquella Súplica Filial se encontraban 211 prelados (cardenales, arzobispos y obispos), un gran número de sacerdotes y religiosos, y numerosos laicos renombrados en Occidente y en otras partes del mundo. En su discurso durante el coloquio titulado Iglesia Católica: ¿A dónde vas?, celebrado en Roma el 7 de abril de 2018, el cardenal Walter Brandmüller mencionó nuestra petición como una de las manifestaciones más evidentes del consensus fidei fidelium, que ejerce un papel inmunizador para preservar a la Iglesia del error.

Con gran dolor en nuestros corazones, debemos señalar que, lejos de responder a esta justa petición del rebaño, su predecesor en la Sede de Pedro agravó aún más la situación. Por un lado, al admitir abusivamente a los divorciados vueltos a casar civilmente a la Comunión eucarística mediante la nota al pie 351 de Amoris laetitia y al conceder aprobación pontificia a su interpretación por parte de los obispos de la Región Pastoral de Buenos Aires, Argentina. Por otro lado, mediante declaraciones y gestos que legitimaron las uniones civiles homosexuales, culminando en las “bendiciones pastorales” autorizadas en la declaración Fiducia supplicans del 18 de diciembre de 2023, firmada por el prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe.

Desde entonces, la situación ha seguido empeorando, especialmente en lo referente a la aceptación de las relaciones homosexuales. Ha habido una proliferación de declaraciones de altos prelados que llaman a actualizar la enseñanza de la Iglesia. Esto incluye cambiar párrafos del Catecismo de la Iglesia Católica que afirman que la inclinación homosexual es “objetivamente desordenada”, que los actos homosexuales son “intrínsecamente desordenados” y que la Sagrada Escritura los presenta como “actos de grave depravación”.

Aunque empleando un lenguaje aparentemente moderado, algunos prelados y teólogos ya exigen descartar los llamados prejuicios moralistas “historicizando” situaciones, actualizando el lenguaje de dos mil años de la Iglesia y adaptándolo a los tiempos presentes. Esta es la postura, por ejemplo, de personajes como Mons. Francesco Savino, vicepresidente de la Conferencia Episcopal Italiana, el arzobispo francés Hervé Giraud y el cardenal Jean-Claude Hollerich, arzobispo de Luxemburgo. Este último ha llegado al extremo de decir que la enseñanza católica sobre la homosexualidad “es incorrecta”, puesto que su base sociológica y científica ya no sería válida.

Asimismo, la hermana Jeannine Gramick y el padre James Martin desean eliminar la expresión “intrínsecamente desordenada” y proponen formulaciones alternativas que tienden a hacer admisible lo que no es ni puede ser aceptado. El Camino Sinodal Alemán hace lo mismo al pedir una revisión del Catecismo para adaptarlo a la “ciencia humana”, lo que equivale a decir que el mundo moderno tiene más autoridad que Dios.

Desafortunadamente, algunos van incluso más lejos, pidiendo no solo un cambio de palabras, sino de la propia práctica de la enseñanza moral de la Iglesia. Por ejemplo, el cardenal Robert W. McElroy niega que los pecados sexuales sean graves, lo que allana el camino para la legitimación y normalización de la impureza. Afirma también que la “inclusión radical” de homosexuales practicantes debe ser sacramental, en otras palabras, que un estilo de vida objetivamente contrario al mandamiento divino no constituiría un obstáculo para recibir la absolución y la Sagrada Eucaristía.

Después de afirmar que la enseñanza católica es “sólida y buena”, el cardenal Timothy Radcliffe la diluye diciendo que debe entenderse con “matices”. Indirectamente reiteró lo que ya dijo antes en el Pilling Report, a saber, que las relaciones homosexuales podrían entenderse en clave eucarística, como una imagen del “don de sí mismo de Cristo” en la Sagrada Comunión. El teólogo austriaco padre Ewald Volgger insiste en la misma línea de pensamiento al decir que las uniones homosexuales son una imagen de la solicitud divina por los hombres, lo que justificaría bendecirlas. El teólogo suizo Daniel Bogner socava directamente el sacramento del matrimonio al afirmar que necesita ser comprendido de nuevo, liberándolo de su “caparazón de perfección”, para no discriminar a las uniones irregulares y homosexuales. Argumenta que es necesario acabar con la “fijación rígida en el sexo biológico y en la heterosexualidad necesaria de los esposos”, ya que “la fertilidad no debe entenderse exclusivamente en términos de reproducción biológica”.

Dado todo esto, Santísimo Padre, no podemos menos que concluir que, bajo el pretexto de la misericordia y la adaptación a la ciencia, algunas fuerzas se esfuerzan por reinventar la fe católica conforme a las pasiones mundanas, haciéndola irreconocible.

En este contexto de ofensiva abierta para imponer la aceptación de las uniones homosexuales, resultó particularmente chocante ver que, bajo el pretexto de obtener indulgencias jubilares, se ofreció gran visibilidad a grupos que profesan abiertamente tales errores. Se les permitió entrar en procesión en la Basílica de San Pedro, portando una cruz arcoíris. Más grave aún, esta “marcha del orgullo homosexual” fue precedida por una audiencia concedida al padre Martin, quien después atribuyó a Vuestra Santidad palabras de aliento para su activismo en favor del movimiento L.G.B.T. Del mismo modo, Mons. Francesco Savino, al final de su homilía en la Iglesia del Gesù, declaró que Vuestra Santidad le había dicho: “Ve y celebra el Jubileo organizado por Jonathan’s Tent y otras organizaciones que cuidan de [tus hermanos y hermanas homosexuales]”.

Somos conscientes de que algunos de estos acontecimientos escandalosos (y otros aún en agenda) fueron organizados por organismos de la Santa Sede durante el pontificado anterior, y que Vuestra Santidad, tal vez en el deseo de asegurar la unidad de la Iglesia, aparentemente quiere cambiar gradualmente la orientación de la Curia Romana. Sin embargo, si bien es legítimo ceder en puntos secundarios por el bien de la unidad, no parece legítimo hacerlo cuando se sacrifica la verdad. Como enseña San Agustín: “Hacer la verdad no consiste solo en decir lo que es verdadero, sino también en practicarlo delante de muchos testigos”.

Una gran esperanza surgió en el corazón de millones de católicos cuando, durante el Jubileo de las Familias, Vuestra Santidad citó la encíclica Humanae vitae y afirmó: “El matrimonio no es un ideal, sino la medida del verdadero amor entre un hombre y una mujer”. Esta afirmación resonó con su discurso al Cuerpo Diplomático, en el cual reiteró que la familia está “fundada en la unión estable entre un hombre y una mujer”. Sin embargo, esa esperanza se convierte en alarma al temer que, como en el pontificado anterior, las actitudes pastorales concretas sigan desmintiendo en la práctica lo que se enseña en la teoría.

Este temor nos lleva a renovar la petición que hicimos en nuestra Súplica Filial de 2015 al papa Francisco:

“Verdaderamente, en estas circunstancias, una palabra de Vuestra Santidad es la única manera de aclarar la creciente confusión entre los fieles. Evitaría que la misma enseñanza de Jesucristo fuera diluida y disiparía la oscuridad que se cierne sobre el futuro de nuestros hijos si esa luz dejara de guiar sus pasos.

Santo Padre, le imploramos que diga esa palabra. Lo hacemos con un corazón devoto a todo lo que Usted es y representa. Lo hacemos con la certeza de que su palabra nunca separará la práctica pastoral de la enseñanza legada por Jesucristo y sus vicarios —pues eso solo añadiría a la confusión. En efecto, Jesús nos enseñó muy claramente que debe haber coherencia entre vida y verdad (cf. Jn 14,6-7); y también nos advirtió que la única manera de no caer es practicar su doctrina (cf. Mt 7,24-27).”

Con audacia y respeto añadimos dos peticiones específicas que dejarían clara la realineación de la práctica con la enseñanza tradicional de la Iglesia:

Suplicamos que anule el rescripto del 5 de junio de 2017 de Francisco, que confirió especial valor magisterial a la interpretación heterodoxa de las ambigüedades de Amoris laetitia, y que reitere claramente que los divorciados y vueltos a casar civilmente que viven more uxorio no pueden recibir la absolución sacramental ni, como pecadores públicos, la Sagrada Comunión.

Le imploramos que revoque la declaración Fiducia supplicans y reafirme la prohibición de otorgar cualquier bendición a parejas homosexuales, como lo estableció el Responsum de la Congregación para la Doctrina de la Fe del 22 de febrero de 2021, sobre un dubium acerca de las bendiciones a parejas del mismo sexo.

Implorando su bendición apostólica, le aseguramos nuestras oraciones a Nuestra Señora del Buen Consejo y a San Agustín. Que ellos iluminen a Vuestra Santidad en este delicado comienzo de su pontificado, en el que se encuentra involuntariamente confrontado con una difícil herencia de confusión y división.

15 de septiembre de 2025 — Fiesta litúrgica de Nuestra Señora de los Dolores