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martes, 21 de febrero de 2023

Rumores confirmados: los sacerdotes ordenados después de Traditionis custodes no podrán celebrar Misa Tradicional sin autorización de Roma



Lo veníamos anunciando desde hace algunos días y es que ya sabemos que cuando se habla de rumores en Roma, suelen ser ciertos pasado un tiempo.

El Papa Francisco apoyado por el cardenal Arthur Roche, Prefecto del Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, ha publicado un rescripto sobre el motu proprio Traditionis Custodes.

Los dos puntos que han sido objeto de varias interpretaciones y discusiones recientes en los medios se refieren al uso de iglesias parroquiales y el posible establecimiento de parroquias personales para grupos que celebran según el misal de 1962 promulgado por Juan XXIII y la celebración de la Misa Tradicional por parte de los sacerdotes que fueron ordenados después del 16 de julio de 2021, es decir, después de la publicación del motu proprio.

El Santo Padre, en la audiencia concedida el 20 de febrero de este año al suscrito Cardenal Prefecto del Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, confirmó lo siguiente con respecto a la implementación de su Motu Proprio Traditionis custodes del 16 de julio de 2021.

En este rescripto hecho público hoy, el Papa especifica las dispensas reservadas de manera especial a la Sede Apostólica. Por un lado, como comentábamos antes, el uso de una iglesia parroquial o la erección de una parroquia personal para la celebración de la Eucaristía según el Missale Romanum de 1962 (cf. Traditionis custodes art. 3 §2); por otro lado, será la Sede Apostólica quien dará la concesión de la licencia a los sacerdotes ordenados después de la publicación del Motu proprio Traditionis custodes para celebrar con el Missale Romanum de 1962 (cf. Traditionis custodes art. 4).

Además, en este nuevo escrito, se afirma que «tal y como establece el art. 7 del Motu proprio Traditionis custodes, el Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos ejerce la autoridad de la Santa Sede en los casos antes mencionados, supervisando el cumplimiento de las disposiciones».

También se especifica que «si un Obispo diocesano ha concedido dispensas en los dos casos mencionados anteriormente, está obligado a informar al Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, que evaluará los casos individuales».

Además, el Santo Padre confirma -habiendo expresado ya su asentimiento en la audiencia del 18 de noviembre de 2021- lo establecido en la Responsa ad dubia con las Notas Explicativas anexas del 4 de diciembre de 2021.

De este modo, el Papa Francisco y el Dicasterio del Culto Divino siguen poniendo el foco en poner trabas y palos en las ruedas a aquellos que prefieren asistir a Misa Tradicional. Esta operación, de nuevo poco sinodal, se enmarca en el marco de regular y uniformizar la Iglesia acorde a los principios y parámetros del Concilio Vaticano II. 

A pesar de que los católicos tradicionales no reniegan de la unidad con Roma y con el Romano Pontífice, se sigue maltratando a esta realidad dentro de la Iglesia, lo cual contrasta con la laxitud que se muestra con los herejes que aparecen todos los días en prensa que aprovechan el Sínodo para confundir y destrozar la Iglesia desde dentro sin que se tomen medidas desde Roma.