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domingo, 12 de enero de 2014

EL ABORTO y otros

Estos días se está hablando mucho del aborto: que si la ley socialista de 1985 o la ley anterior a dicha ley, que si la reforma de Gallardón, que si una ley de supuestos, o bien una ley de plazos, etc...  ¡Pero si son todas prácticamente iguales! El quinto mandamiento de la ley de Dios es muy claro: "¡No matarás!" (Ex 20,13). ¿No es mucho más sencillo llamar a las cosas por su nombre y dejarnos de tanta hipocresía? 




Las ideas que escribo a continuación están tomadas de una homilía del padre Alfonso Gálvez, de la que entresaco (o bien literalmente o bien resumiendo) aquellos párrafos que están relacionados con este tema:

En todas sus formas y maneras el aborto está prohibido gravemente por la Ley Divina. El aborto es un pecado gravísimo, merecedor (siempre lo ha sido) de excomunión. Los que practican abortos o los que colaboran para que éstos se produzcan, están excomulgados, fuera de la Iglesia. Y si se mantienen en esa postura su condenación es segura y, como es siempre la condenación, eterna. ¿Quiénes somos los hombres para regular una cosa que está absolutamente prohibida (sin excepción alguna) por la Ley Divina? ¿Es que sabemos más que Dios? Entonces, ¿qué hay que discutir? 


Además, las razones que se suelen poner para justificar lo injustificable son mentirosas y todos saben que son mentirosas. Sin embargo, todos disimulan, hipócritamente... Por ejemplo, cuando se dice que la razón que legitima el aborto es el peligro psíquico de la madre. ¡Qué hipocresía! Ese peligro psíquico puede ser real o no, pero aunque lo fuera, durante miles de años las mujeres han dado a luz a sus hijos y habrán pasado más o menos miedo... cierto que hay un riesgo, pero con ese riesgo hay que contar, forma parte de la existencia humana. Porque cualquier mujer, o cualquier ATS o cualquier medicucho puede decir que la madre se va a asustar o que va a sufrir un poquito, ..., ¡Y como eso no se puede demostrar...! Pues ya está: cualquiera de las leyes que regulan el aborto es suficiente coladero para que el aborto sea lícito y legal.


Las leyes humanas, cuando se oponen a las leyes divinas, dejan de ser legítimas, no son legales.¿Hasta qué punto (mentiroso) la ley humana se puede oponer a la ley natural? La ley natural es la que está impresa en nuestra naturaleza humana, puesta por Dios. Dios es el Señor, el único que está legitimado para dar leyes éticas o morales valederas y obligatorias para toda la humanidad. Y nosotros, sin embargo, nos permitimos el lujo de transformar esas leyes a nuestra manera.


Cuando el hombre rechaza a Dios, se vuelve inhumano. Hay leyes objetivas impresas en la naturaleza humana, que no son opinables, porque son así, son como son. Las cosas -y las personas- son como Dios las ha creado. Podremos rebelarnos contra la ley natural, haciendo mal uso de nuestra libertad, pero no podremos nunca cambiar la Ley establecida por Dios. Podremos legalizar el aborto, la homosexualidad, el divorcio, etc... pero no podremos cambiar los hechos (¡y lo sabemos!): el aborto seguirá siendo un crimen horrendo contra un ser humano inocente e indefenso, 
por mucho que los políticos escriban en el Boletín Oficial que "es un derecho (¿?) de la mujer"; la homosexualidad seguirá siendo una aberración "contra natura", por más que la ley la eleve al rango de matrimonio (¿?) y todos los mass media proclamen que se trata de un gran progreso (¿?); el divorcio, propiamente dicho, como ruptura del vínculo entre dos esposos, seguirá siendo una farsa, aunque se vea como algo "normal" en esta sociedad ... y por más leyes que dicte el hombre, en sentido contrario, a favor del divorcio: todas son falsas y mentirosas, pues no se puede cambiar el hecho, "inventado" por Dios, de que cuando un hombre y una mujer se casan, con voluntad libre, se comprometen de por vida y se hacen "una sola carne", de manera que -así lo decía Jesús- "lo que Dios ha unido no lo puede separar el hombre" (Mc 10, 8-9), etc. A este respecto es muy significativo el diálogo entre Jesús y la samaritana, cuando Jesús le dice: "Anda, llama a tu marido y vuelve aquí". Respondió la mujer y le dijo: "No tengo marido". Le dice Jesús: "Bien has dicho 'no tengo marido', porque tuviste cinco maridos y el que ahora tienes no es tu marido. En esto has dicho la verdad" (Jn 4, 16-18) 



El pecado actual del hombre es el mismo, básicamente, que el de nuestros primeros padres quienes cedieron a la tentación del diablo: "No moriréis en modo alguno; es que Dios sabe que el día que comáis de él [se refiere al fruto del árbol que está en medio del jardín] se os abrirán los ojos y seréis como Dios, conocedores del bien y del mal" (Gen 3,5) Traducido al lenguaje actual: nadie tendrá que deciros lo que habéis de hacer, porque seréis vosotros mismos  los que estableceréis lo que está bien y lo que está mal


En realidad, fueron engañados, porque prefirieron ser engañados (ellos sabían muy bien lo que hacían). Se fiaron del diablo, en lugar de fiarse de Dios. Ese rechazo de Dios, esa desobediencia a Dios, fue un grave pecado de soberbia, al no reconocer la soberanía de Dios sobre todo lo creado. Dios los puso a prueba y ellos, desagradecidos, prefirieron escuchar las palabras engañosas del diablo, que les habló como si Dios fuese su enemigo. Al dar pie al Diablo y escuchar sus palabras, se revolvieron contra Dios, haciéndole embustero. Rechazaron el amor que Dios les ofrecía y se prefirieron a sí mismos, considerando que lo que Satanás les decía era la verdad (¡ellos sabían perfectamente que no era así!).


[Recordemos aquí lo que decía Jesús del Diablo: "él era homicida desde el principio, y no se mantuvo en la verdad, porque no hay verdad en él. Cuando habla la mentira, de lo suyo habla, porque es mentiroso y padre de la mentira"; y también lo que decía de los que lo siguen:  "Vosotros tenéis por padre al Diablo y queréis cumplir las apetencias de vuestro padre"  (Jn 8,44) ] 

En esencia éste fue el pecado original, con el que nacen todos los seres humanos que vienen a este mundo. Sin embargo, "Dios, que es rico en misericordia, por el gran amor con que nos amó, aunque estábamos muertos por el pecado, nos dio vida en Cristo" (Ef 2, 4-5)... somos importantes para Dios, "pues hechura suya somos, creados en Cristo Jesús para las obras buenas, que Dios preparó para que por ellas caminemos" (Ef 2,10). 


Pero... ¡atención! ... pues se dice en la Biblia, hablando de Jesucristo, que "en ningún otro hay salvación, pues ningún otro Nombre hay bajo el cielo, dado a los hombres, por el que podamos salvarnos" (Hech 4,12): Tenemos una absoluta necesidad de vivir según el Espíritu de Jesús ... y no debemos avergonzarnos nunca de Él: "Sufro, pero no me avergüenzo, -decía San Pablo- porque sé de quién me he fiado" (2 Tim 1,12). 

Por eso, aun sabiendo que es cierto que  "todos los que quieran vivir piadosamente en Cristo Jesús sufrirán persecución" (2 Tim 3,12), no nos asustamos, persuadidos como estamos de la verdad de las palabras de Jesús: "Confiad: Yo he vencido al mundo" (Jn 16,33). Y así es, en realidad: pese a las apariencias, tenemos la seguridad de la victoria pues Él, que dijo de Sí mismo: "Yo soy la Verdad" (Jn 14, 6) no nos engaña, ni puede engañarnos. Aunque sea a través de la fe contamos con su Presencia; no estamos solos: "Yo estoy con vosotros todos los días hasta el fin del mundo" (Mt 28,20)

viernes, 10 de enero de 2014

UPyD y el aborto (Elentir)

Tras apoyar el amparo a fetos de animales, Rosa Díez se lo niega a los niños por nacer

 

04/01/14 7:13 PM 
Elentir
(Blog Contando estrellas)

La diputada de UPyD firma hoy un panfletario artículo de opinión en El País, en el que tras asociar las posiciones provida y abortistas con «hooligans», se dedica a apoyar las tesis abortistas más radicales valiéndose de descalificaciones, de falsedades y de consignas mitineras que no se sostienen tras leer el anteproyecto de ley del aborto presentado por Gallardón.

  • Díez echa mano del mismo tramposo argumento laicista que usa el PSOE

Por ejemplo, Rosa Díez tacha dos veces el anteproyecto de Gallardón de «ley confesional», a pesar de que ayer mismo la Conferencia Espiscopal Española lo criticó pues, a fin de cuentas, de llegar a aprobarse permitiría seguir matando a seres humanos inocentes e indefensos. De hecho el anteproyecto es, en sus líneas generales, un calco de la ley abortista impuesta por el PSOE de 1985, al consentir matar a niños por nacer mediante supuestos despenalizadores e incluso financiar ese acto tan atroz con fondos públicos pagados por todos los contribuyentes. Pero en ciertos puntos el anteproyecto de Gallardón aún va más allá de la ley de 1985 al eximir de toda responsabilidad penal incluso a las mujeres que aborten de forma ilegal. Pues bien: según Díez una ley así responde «únicamente al principio de la moral religiosa de sus proponentes». La monda. ¿Tan escasa es la honradez intelectual de Rosa Díez que recurre a argumentos como éstos a sabiendas de que son falsos? Y dicho sea de paso: aunque la ley se identificase con una moral religiosa, ¿piensa Rosa Díez pronunciarse contra toda norma legal que coincida con preceptos religiosos como «no matarás» o «no robarás»?

  • A falta de buenos argumentos, Díez recurre a descalificaciones ideológicas

Por otra parte, y al más puro estilo del manual de consignas del PSOE, Díez también tacha la ley Gallardón de «retrógrada», dice que es «intervencionista, autoritaria y también predemocrática» y la considera «propia de una España en blanco y negro que los más reaccionarios del Partido Popular y del Gobierno parecen empeñados en recuperar». Insisto:con ello se refiere a una ley muy parecida a la que impuso el PSOE cuando ella era militante de ese partido. Sin embargo, Rosa Díez nunca dedicó esas descalificaciones contra dicha ley. Por otra parte, hay que recordar que izquierdistas como el uruguayo Tabaré Vázquez, el ecuatoriano Rafael Correa, los sandinistas nicaragüenses y socialistas españoles como el exalcalde de La Coruña Francisco Vázquez, la exsenadora del PSC Mercedes Aroz y el exconcejal del PSOE Joaquín Manuel Montero son contrarios al aborto. ¿Todos unos «reaccionarios», según Rosa Díez? Y cuando Hitler impuso el aborto en Polonia y Ucrania, vendiéndolo como «auswahl-freiheit» -libertad de elección-, con el fin declarado de diezmar a la población nativa, ¿lo hacía en aras del progresismo? Cuando la fundadora del mayor lobby abortista de EEUU Margaret Sanger planteó la legalización del aborto como un buen medio para «exterminar a la población negra», como reconocía en una carta privada publicada tras su muerte, ¿lo hacía en aras del progresismo? Cuando Henry Kissinger y Hillary Clinton plantearon la legalización del aborto en otros países como una herramienta geopolítica para garantizar los intereses y la seguridad nacional de EEUU, ¿lo que consiguieron exportando el exterminio de los hijos por nacer de los hambrientos del mundo es un éxito del progresismo?

  • Para Rosa Díez si defiendes a los niños por nacer no eres ‘normal’

Lo más llamativo es lo que Rosa Díez cuela al decir que la ley Gallardón es «tan retrógrada que no cuenta ni con el apoyo de los más normales de los dirigentes del PP». Díez pone «normales» en cursiva, pero ahí queda la cosa. ¿Para Rosa Díez si defiendes a los niños por nacer eres subnormal o anormal? Con la torpeza que se gasta en su panfleto abortista de hoy, antes de terminar de leerlo ya esperaba verla asociando ser provida con ser «gallego en sentido peyorativo», desafortunada expresión que usó contra Zapatero -que ni siquiera es gallego- en 2010.

  • La diputada de UPyD intenta disfrazar la terrible realidad del aborto

Por supuesto, y como hace con absoluto descaro el lobby del aborto, Rosa Díez abusa de los eufemismos para intentar disfrazar la terrible realidad del aborto, que es matar y descuartizar a un ser humano inocente e indefenso. A este acto de enorme crueldad, con el que algunos empresarios sin escrúpulos obtienen enormes beneficios -en buena medida pagados por los contribuyentes, además- la diputada de UPyD se refiere con expresiones como «interrupción libre del embarazo», «libre decisión de una mujer libre» y «maternidad consentida». A propósito de esto último, e igual que hizo Monago hace unos días, Díez copia la colosal falacia lanzada por su excompañera de partido Leire Pajín en 2010, según la cual el aborto legalizado te permite decidir si quieres ser madre, cuando en realidad sólo te permite decidir si quieres ser la madre de un niño vivo o de un niño muerto. Rosa Díez va incluso más allá y afirma que «con la ley Rajoy, una mujer adulta está obligada a renunciar a su libre albedrío, ya que el Gobierno nos prohibirá o nos obligará a ser madres». Alucinante. Y esta absurda afirmación la usa para referirse a una ley que -insisto- mantiene la financiación pública del aborto y exime de toda responsabilidad penal incluso a las mujeres que abortan de forma ilegal. Dicho sea de otra forma: Rosa Díez miente con absoluto descaro, pues o bien opina sobre dicho anteproyecto sin habérselo leído, o bien se lo ha leído y, a pesar de ello, lo tergiversa de la forma más burda.

  • ¿Si amparas a fetos animales eres progresista, y si amparas a los humanos un reaccionario?

Hay que recordar, además, que en abril de 2013 UPyD votó, junto a PP y PSOE, a favor de dar amparo legal a «determinadas formas fetales de mamíferos» en el marco de la llamada «Ley de Protección animal». Es decir, que para el partido de Rosa Díez amparar a fetos de animales es cosa fetén, pero amparar a niños por nacer es de «reaccionarios». Toma coherencia.

 ELENTIR

sábado, 4 de enero de 2014

Entrevistas conflictivas y otros



El Papa Francisco es noticia un día sí y otro también. Y sigue siendo alabado por sus enemigos ateos y agnósticos. Los casos más conocidos son:

1. La entrevista en exclusiva del jesuita, padre Antonio Spadaro, director de la Civitta Cattolica, que aparece publicada en la revista razón y fe del 17 de septiembre y en la página web del Vaticano del 29 de septiembre de 2013 y a la que ya he hecho referencia en artículos anteriores, aunque todavía incompletos

2. El artículo publicado por el ateo Eugenio Scalfari, fundador del periódico "La República", sobre una entrevista que le hizo al Papa el 24 de septiembre de 2013 y cuya versión original en italiano la publicó dicho periódico el 1 de Octubre de 2013. Esta entrevista fue colgada en la página web del Vaticano y quitada posteriormente el 15 de Noviembre de 2013. ¿Motivo? Que la conversación con el Papa no se había grabado y que sólo se reflejaba allí lo que Scalfari recordaba de ella. Bueno, en principio sería correcta esa explicación... 

... si no hubiera sido colgada en la página web del Vaticano. Porque es de todo punto incomprensible que dicha entrevista no se hubiera revisado previamente, con una gran minuciosidad, dada la importancia de lo que se decía en ella. Y si se revisó, como es de suponer, y pese a todo se permitió su publicación, en buena lógica es porque reflejaba lo que el Papa había hablado con él. El mismo Papa fue quien permitió su publicación. Y es extraño que no la leyera primero. Para colmo tuvo que pasar, además, mes y medio, para que el Vaticano reaccionara y la quitara de su página web. Sinceramente, yo veo todo esto muy extraño: Primero se publica y luego se desmiente que sea verdad lo que se ha publicado. Mientras eso ocurre, todo el mundo ha tenido tiempo de leerla y de ver cómo piensa el Papa realmente. El asunto de si habla "ex cathedra" o no aquí es irrelevante, pues lo que ha dicho lo ha dicho. Y si no lo ha dicho, todo el mundo piensa que sí, puesto que ha sido publicado oficialmente. Nadie-salvo estudiosos- suele releer las noticias mes y medio más tarde para comprobar si esas noticias fueron o no verdad cuando se publicaron. Mi intención es analizar si no cada una de las frases que se dijeron en ella (y que no acabo de entender que hayan sido pronunciadas por el Papa) al menos algunas que pueden resultar particularmente escandalosas.

3. La exhortación apostólica Evangelii Gaudium, que tanto está dando de qué hablar, por muchas imprecisiones en los términos usados y porque contiene algunos puntos que no se entienden bien desde una perspectiva católica ortodoxa (aunque sí si se analizan a la luz de algunos puntos de algunos documentos del Concilio Vaticano II, como intentaremos ver, en futuros artículos). Ya me ha referido a algunos, bien con artículos propios o bien con artículos de personas mucho más cualificadas que yo para ello. Espero continuar haciéndolo.

4. Ahora la guinda la ha vuelto a poner el ateo Scalfari  en un editorial de su periódico "La República" con fecha  29 de diciembre de 2013, en donde dice que Francisco ha abolido el pecado.  Por supuesto, que enseguida dicha afirmación es desmentida por el sacerdote jesuita italiano Federico Lombardi, portavoz de la Santa Sede desde el 11 de Julio de 2006. Aduce que el Papa habla mucho sobre el pecado. Y que no puede haber misericordia si no hay primero pecado, lo que es muy cierto. Pero también es cierto que Scalfari llega a esa conclusión a partir de palabras pronunciadas por el Papa en la famosa entrevista que mantuvo con él. Véase el artículo de Fray Gerundio publicado en este mismo blog. 

viernes, 3 de enero de 2014

El Islam (3 de 3)

2"Los fundamentalismos de ambas partes" (n. 250 y 253)

Por último, hay dos aspectos que querría criticar. El primero es aquél en el que el Papa pone juntos a todos los fundamentalismos. En el n. 250 se dice: “Una actitud de apertura en la verdad y en el amor debe caracterizar el diálogo con los creyentes de las religiones no cristianas, a pesar de los varios obstáculos y dificultades, particularmente los fundamentalismos de ambas partes”

El otro es la conclusión de la sección sobre la relación con el Islam que termina con esta frase: "Frente a episodios de fundamentalismo violento que nos inquietan, el afecto hacia los verdaderos creyentes del Islam debe llevarnos a evitar odiosas generalizaciones, porque el verdadero Islam y una adecuada interpretación del Corán se oponen a toda violencia" (n. 253).

Personalmente, yo no pondría los dos fundamentalismos en el mismo plano: los fundamentalistas cristianos no llevan armas; el fundamentalismo islámico es criticado ante todo y precisamente por los propios musulmanes, porque este fundamentalismo armado busca reproducir el modelo mahometano. En su vida, Mahoma libró más de 60 guerras; ahora bien, si Mahoma es el modelo excelente (como dice el Corán en 33:21), no sorprende que algunos musulmanes usen su violencia a imitación del fundador del Islam.

3La violencia en el Corán y en la vida de Mahoma (n. 253)

Por último, el Papa menciona la violencia en el Islam. En el parágrafo 253 se lee: "el verdadero Islam y una adecuada interpretación del Corán se oponen a toda violencia"Esta frase es bellísima, y expresa una actitud muy benévola del Papa hacia el Islam. Pero me parece que ella expresa más un deseo que una realidad. Que la mayoría de los musulmanes puede ser contraria a la violencia también puede darse. Pero decir que "el verdadero Islam es contrario a toda violencia" no me parece cierto: la violencia está en el Corán. Decir además que "una adecuada interpretación del Corán se opone a toda violencia" tiene necesidad de muchas explicaciones. Basta recordar los capítulos 2 y 9 del Corán.

Sin embargo, es verdad cuanto el pontífice afirma sobre el hecho que el Islam tiene necesidad de una "adecuada interpretación". Este camino ha sido recorrido por algunos eruditos, pero no es lo suficientemente fuerte para contrastar la que recorre la mayoría. Esta minoría de eruditos busca reinterpretar los textos coránicos que hablan de la violencia, mostrando que ellos están ligados al contexto de la Arabia de la época y estaban en el contexto de la visión político-religiosa de Mahoma.

Si el Islam quiere permanecer hoy en esta visión ligada al tiempo de Mahoma, entonces siempre habrá violencia. Pero si el Islam – hay un buen número de místicos que lo han hecho – quiere encontrar una espiritualidad profunda, entonces la violencia no es aceptable. El Islam se encuentra frente a una encrucijada: o la religión es un camino hacia la política y hacia una sociedad políticamente organizada, o la religión es una inspiración para vivir con más plenitud y amor. El que critica al Islam a propósito de la violencia no hace una generalización injusta y odiosa: muestra las cuestiones presentes, vivas y sangrantes en el mundo musulmán.

En Oriente se comprende muy bien que el terrorismo islámico está motivado religiosamente, con citas, oraciones y fatwa por parte de imanes que fomentan la violencia. El hecho es que en el Islam no hay una autoridad central que corrija las manipulaciones. Esto hace que cada imán se crea un mufti, una autoridad nacional que puede emitir juicios inspirados por el Corán, hasta llegar a ordenar que se mate.

CONCLUSIÓN: UNA "ADECUADA INTERPRETACIÓN DEL CORÁN"

Para concluir, el punto verdaderamente importante es el de la "adecuada interpretación". En el mundo musulmán, el debate más fuerte – que es también el más prohibido – es precisamente el de la interpretación del libro sagrado. Los musulmanes creen que el Corán salió de Mahoma, completo, en la forma que conocemos. No existe el concepto de inspiración del texto sagrado, la cual da espacio una interpretación del elemento humano presente en la palabra de Dios.

Tomemos un ejemplo. En tiempos de Mahoma, con tribus que vivían en el desierto, el castigo para un ladrón era cortarle la mano. ¿Para qué servía? ¿Cuál era la finalidad de este castigo? No permitir que el ladrón siguiera robando. Ahora debemos preguntarnos: ¿cómo podemos salvaguardar hoy esta finalidad, es decir, que el ladrón no robe? ¿Podemos utilizar otros métodos en lugar del corte de la mano? Hoy todas las religiones tienen este problema: cómo reinterpretar el texto sagrado, el cual tiene un valor eterno, pero que se remonta a siglos o a milenios.

Cuando encuentro a amigos musulmanes, saco a la luz el hecho que hoy en día es necesario interrogarse sobre la "finalidad" (maqased) que tenían las indicaciones del Corán. Los teólogos y los juristas musulmanes dicen que se deben buscar las “finalidades de la Ley divina”. Esta expresión corresponde a lo que el Evangelio llama “el espíritu” del texto, en oposición a la “letra”. Es necesario buscar la intención del texto sagrado del Islam. 

Varios eruditos musulmanes hablan de la importancia de descubrir “la finalidad” de los textos coránicos para adecuar el texto del Corán al mundo moderno. Me parece que esto está muy próximo a cuanto el Santo Padre intenta sugerir al hablar de "una adecuada interpretación del Corán".

El Islam (2 de 3)

4El Corán se opone a todos los dogmas cristianos fundamentales

La figura de Cristo como segunda persona de la Trinidad es condenada. En el Corán se dice en forma explícita a los cristianos: "Oh, gente de la Escritura, no se excedan en su religión y digan de Dios nada más que la verdad. El Mesías Jesús, hijo de María, no es más que un mensajero de Dios, una de sus palabras que Él pone en María, un Espíritu [que proviene] de Él. Crean entonces en Dios y en sus mensajeros. No digan ‘Tres’, ¡deténganse! Será mejor para ustedes. En verdad Dios es un dios único. ¿Tendría un hijo? Gloria a Él (Corán 4:171). Los versículos contra la Trinidad son muy claros y no tienen necesidad de tantas interpretaciones.

El Corán niega la divinidad de Cristo: "Oh, hijo de María, ¿eres tú quien dijo a la gente: 'tomadme a mí y a mi madre como dos divinidades además de Dios'?" (Corán 5:116). ¡Jesús lo niega!

Por último, en el Corán se niega la Redención. Directamente se afirma que Jesucristo no murió en la cruz, sino que fue crucificado un doble: "No lo han matado, no lo han crucificado, sino que les pareció" (Corán 4:157). De este modo Dios salvó a Jesús de la malicia de los judíos. ¡Pero entonces Cristo no ha salvado al mundo!

En síntesis, el Corán y los musulmanes niegan los dogmas esenciales del cristianismo; la Trinidad, la Encarnación y la Redención. ¡Se debe agregar que éste es su derecho más absoluto! Pero entonces no se puede decir que "los escritos sagrados del Islam conservan parte de las enseñanzas cristianas". Se debe hablar simplemente del “Jesús coránico” que no tiene nada que ver con el Jesús de los Evangelios.

El Corán cita a Jesús porque pretende completar la revelación de Cristo para exaltar a Mahoma. En el resto, viendo cuánto Jesús y María hacen en el Corán, nos damos cuenta que ellos no hacen más que aplicar las oraciones y el ayuno según el Corán. María es ciertamente la figura más bella entre todas las presentadas en el Corán: es la Madre Virgen, que ningún hombre jamás ha tocado. Pero no puede ser la Theotokos [es decir, la madre de Dios]; más bien es una buena musulmana.

  LOS PUNTOS MÁS DELICADOS

1Ética en el Islam y en el cristianismo (252)

La última frase de este parágrafo de la "Evangelii gaudium" dice, al hablar de los musulmanes: "También reconocen la necesidad de responderle [a Dios] con un compromiso ético y con la misericordia hacia los más pobres". Esto es verdad y la piedad hacia los pobres es una exigencia del Islam.

Pero me parece que hay una doble diferencia entre la ética cristiana y la musulmana.

La primera es que la ética musulmana no es siempre universal. Se trata a menudo de ayuda dentro de la comunidad islámica, mientras que la obligación de ayuda, en la tradición cristiana, es de por sí universal. Se nota, por ejemplo, cuando hay una catástrofe natural en alguna región del mundo, que los países de tradición cristiana ayudan sin considerar la religión de quien es ayudado, mientras que los riquísimos países musulmanes (los de la Península Arábiga, por ejemplo) no lo hacen en este caso.

La segunda es que el Islam liga ética y legalidad. El que no ayuna durante el mes de Ramadán comete un delito y va a la cárcel (en muchos países). Si cumple el ayuno previsto, desde el alba hasta la puesta del sol, es perfecto, aunque luego de la puesta del sol come hasta el alba del día siguiente, más y mejor que lo que come habitualmente: "se comen las cosas mejores y en abundancia", como me decían algunos amigos egipcios musulmanes. Parece que no hay otro significado en el ayuno si no es el de obedecer a la ley misma del ayuno. El Ramadán se convierte en el período en el que los musulmanes comen más, y comen las cosas más deliciosas. Al día siguiente nadie trabaja, dado que por comer nadie ha dormido. Pero desde el punto de vista formal todos han ayunado durante algunas horas. Es una ética legalista: si usted hace esto, usted está en lo justo. Es una ética superficial

Por el contrario, el ayuno cristiano es algo que tiene como fin aproximarse íntimamente al sacrificio de Jesús, a la solidaridad con los pobres y no es el momento en el que se recupera cuanto uno no ha comido.

Si alguno aplica la ley islámica, todo está en orden. El fiel no pretende ir más allá de la ley. La justicia es requerida por la ley, pero no es superada. Por eso, no está en el Corán la obligación del perdón. Por el contrario, en el Evangelio Jesús pide perdonar de modo infinito (setenta veces siete, cf. Mt 18, 21-22). En el Corán la misericordia no llega jamás al amor. 

Lo mismo vale para la poligamia: se puede tener hasta cuatro esposas. Si quiero tener una quinta, basta repudiar a una de las que ya tengo, quizás la más vieja, y tomar una esposa más joven. Al tener siempre sólo cuatro esposas estoy en la legalidad perfecta

Está también el efecto contrario, por ejemplo, para la homosexualidad: en todas las religiones es un pecado. Pero para los musulmanes, es también un delito que debería ser castigado con la muerte. En el cristianismo es un pecado, pero no un crimen. El motivo es obvio: el Islam es religión, cultura, sistema social y político; es una realidad integral. Es claramente así en el Corán. Por el contrario, el Evangelio distingue claramente la dimensión espiritual y ética de la dimensión socio-cultural y política.

Lo mismo vale para la pureza, como lo explica en forma clara Cristo a los fariseos: "No es lo que entra en la boca lo que contamina al hombre, sino que es lo que sale de su boca lo que contamina al hombre" (Mt 15, 11).

El Islam (1 de 3)

En la exhortación apostólica "Evangelii gaudium" del 24 de septiembre del 2013, el Papa ha dedicado los dos siguientes parágrafos al diálogo con los musulmanes :  
   
«252. En esta época adquiere gran importancia la relación con los creyentes del Islam, hoy particularmente presentes en muchos países de tradición cristiana donde pueden celebrar libremente su culto y vivir integrados en la sociedad. Nunca hay que olvidar que ellos, «confesando adherirse a la fe de Abraham, adoran con nosotros a un Dios único, misericordioso, que juzgará a los hombres en el día final». Los escritos sagrados del Islam conservan parte de las enseñanzas cristianas; Jesucristo y María son objeto de profunda veneración, y es admirable ver cómo jóvenes y ancianos, mujeres y varones del Islam son capaces de dedicar tiempo diariamente a la oración y de participar fielmente de sus ritos religiosos. Al mismo tiempo, muchos de ellos tienen una profunda convicción de que la propia vida, en su totalidad, es de Dios y para Él. También reconocen la necesidad de responderle con un compromiso ético y con la misericordia hacia los más pobres.

253. Para sostener el diálogo con el Islam es indispensable la adecuada formación de los interlocutores, no sólo para que estén sólida y gozosamente radicados en su propia identidad, sino para que sean capaces de reconocer los valores de los demás, de comprender las inquietudes que subyacen a sus reclamos y de sacar a luz las convicciones comunes. Los cristianos deberíamos acoger con afecto y respeto a los inmigrantes del Islam que llegan a nuestros países, del mismo modo que esperamos y rogamos ser acogidos y respetados en los países de tradición islámica. ¡Ruego, imploro humildemente a esos países que den libertad a los cristianos para poder celebrar su culto y vivir su fe, teniendo en cuenta la libertad que los creyentes del Islam gozan en los países occidentales! Frente a episodios de fundamentalismo violento que nos inquietan, el afecto hacia los verdaderos creyentes del Islam debe llevarnos a evitar odiosas generalizaciones, porque el verdadero Islam y una adecuada interpretación del Corán se oponen a toda violencia».
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El jesuita islamólogo Samir Khalil Samir el pasado 19 de diciembre de 2013 publicó en la importante agencia "Asia News" del Pontificio Instituto para las Misiones Extranjeras una amplia nota de comentarios a estos pasajes de la "Evangelii gaudium" dedicados al Islam 

Aunque se trata de un comentario dividido en dos partes, de la primera parte entresaco lo que dice el Papa acerca de que los países musulmanes deben acoger a los cristianos: "¡Ruego, imploro humildemente a esos países que den libertad a los cristianos para poder celebrar su culto y vivir su fe, teniendo en cuenta la libertad que los creyentes del Islam gozan en los países occidentales!" [lo que es completamente cierto]. En este artículo, sin embargo, me voy a fijar tan solo en la segunda parte del comentario del padre Samir, que se expone a continuación. Aparecen frases del Santo Padre, que luego son comentadas.
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PUNTOS DE LA "EVANGELII GAUDIUM" QUE REQUIEREN ACLARACIÓN

por Samir Khalil Samir
  

1. Los musulmanes "adoran con nosotros a un Dios único, misericordioso" (n. 252)

Tomaré con cautela esta frase. Es verdad que los musulmanes adoran un Dios único y misericordioso. Pero esta frase sugiere que las dos concepciones de Dios son iguales. Por el contrario, en el cristianismo Dios es Trinidad en su esencia, pluralidad unida en el amor. Es un poco más que la sola clemencia y misericordia. Tenemos dos concepciones bastante diferentes de la unicidad divina. La musulmana caracteriza a Dios como inaccesible. La visión cristiana de la unicidad trinitaria subraya que Dios es Amor que se comunica: Padre-Hijo-Espíritu Santo, o bien Amante-Amado-Amor, como sugería san Agustín.

Además, ¿qué significa también la misericordia del Dios islámico? Que Él practica misericordia con quien quiere y no la practica con los que no quiere. "Dios hace entrar en Su misericordia a quien Él quiere" (Corán 48:25). Estas expresiones se encuentran en forma casi literal en el Antiguo Testamento (Ex 33, 19). Pero no se llega jamás a decir que “Dios es Amor” (1 Jn 4, 16), tal como se expresa san Juan.

En el caso del Islam, la misericordia es la del rico que se inclina hacia el pobre y le concede algo. Pero el Dios cristiano es Aquél que desciende hacia el pobre para elevarlo a su nivel; no muestra su riqueza para ser respetado (o temido) por el pobre: se dona a sí mismo para hacer vivir al pobre.
              
2. "Los escritos sagrados del Islam conservan parte de las enseñanzas cristianas" (n. 252) (Véase apdo 4)

Es verdad en un cierto sentido, pero puede ser también ambiguo. Es verdad que los musulmanes retoman palabras o hechos de los evangelios canónicos, por ejemplo, el relato de la Anunciación se encuentra casi literalmente en los capítulos 3 y 19. Pero más frecuentemente el Corán se inspira en los relatos píos de los evangelios apócrifos, y no extraen el sentido teológico que se encuentra en ellos y no dan a estos hechos o palabras el sentido que tienen en realidad, no por malicia, sino porque no tienen la visión global del mensaje cristiano.
  
3. "Jesucristo y María son objeto de profunda veneración" (n. 252)

El Corán, según el Papa Francisco, se refiere a "Jesús y María como objeto de profunda veneración (n. 252)". A decir verdad, Jesús no es objeto de veneración en la tradición musulmana. Por el contrario, en el caso de María se puede hablar de una veneración, en particular por parte de las mujeres musulmanas, que van voluntariamente a los lugares de peregrinación mariana.

La ausencia de veneración para Jesucristo se explica probablemente por el hecho que, en el Corán, Jesús es un gran profeta, famoso por sus milagros a favor de la humanidad pobre y enferma, pero no es igual a Mahoma. Sólo por parte de los místicos se puede notar una cierta devoción, ellos lo llaman también "Espíritu de Dios".

En realidad, todo lo que se dice de Jesús en el Corán es lo opuesto de las enseñanzas cristianas. Él no es Hijo de Dios: es un profeta y basta. No es ni siquiera el último de los profetas, porque por el contrario el "sello de los profetas" es Mahoma (Corán 33:40). La revelación cristiana es vista sólo como una etapa hacia la revelación última, traída por Mahoma, es decir, el Islam.

miércoles, 1 de enero de 2014

Con relación a la Misa en latín (Motu propio Summorum Pontificum de Benedicto XVI)

[Contra lo que pudiera pensarse el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgado por el beato Juan XXIII en 1962, NUNCA SE HA ABROGADO, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia (ver art 1 de la carta apostólica que se transcribe a continuación). El Papa Pablo VI, aprobó en 1970 para la Iglesia latina los libros litúrgicos reformados, conforme a lo que se aprobó en el Concilio Vaticano II, para que el culto divino se renovase y se adaptase a las necesidades de nuestra época. No obstante, por razones de tipo pastoral, el Papa Juan Pablo II exhortó a los obispos a utilizar amplia y generosamente la facultad de usar el Misal Romano editado por el beato Juan XXIII en el año 1962 en favor de todos los fieles que lo solicitasen, como aparece en la Carta Apostólica «Ecclesia Dei», dada en forma de Motu Proprio en 1988. Finalmente, el Papa Benedicto XVI, escribe la siguiente carta apostólica en forma de motu propio "Summorum Pontificum", el 14 de septiembre de 2013. Dicha carta se transcribe aquí por completo, señalando con negrita (o en azul y rojo) aquellos puntos que considero de especial interés, dada la polémica generada en torno a los Franciscanos de la Inmaculada, a quienes se ha prohibido que celebren la misa en latín, de modo incomprensible, a mi entender]

CARTA APOSTÓLICA
EN FORMA DE MOTU PROPRIO
SUMMORUM PONTIFICUM
DEL SUMO PONTÍFICE 
BENEDICTO XVI

Los sumos pontífices se han preocupado constantemente hasta nuestros días de que la Iglesia de Cristo ofreciese a la Divina Majestad un culto digno de «alabanza y gloria de su nombre» y «para el bien de toda su Santa Iglesia».
Desde tiempo inmemorial, y también para el futuro, es necesario mantener el principio según el cual, «cada Iglesia particular debe concordar con la Iglesia Universal, no sólo en cuanto a la doctrina de la fe y los signos sacramentales sino también en cuanto a los usos universales aceptados por la tradición apostólica y continua. Éstos han de observarse no sólo para evitar errores, sino también para transmitir la integridad de la fe y para que la ley de la oración de la Iglesia se corresponda a su ley de la fe.[1]


Entre los pontífices que tuvieron esa preocupación resalta el nombre de San Gregorio Magno, que hizo todo lo posible para que se transmitiera a los nuevos pueblos de Europa tanto la fe católica como los tesoros del culto y de la cultura acumulados por los romanos en los siglos precedentes. Ordenó que fuera definida y conservada la forma de la Sagrada Liturgia relativa tanto al Sacrificio de la Misa como al Oficio Divino, en el modo en que se celebraba en la Urbe. Promovió con la máxima atención la difusión de los monjes y monjas que, actuando según la regla de San Benito, siempre junto al anuncio del Evangelio, ejemplificaron con su vida la saludable máxima de la Regla: «Nada se anteponga a la obra de Dios» (cap. 43). De esa forma, la Sagrada Liturgia, celebrada según el uso romano, no solamente enriqueció la fe y la piedad, sino también la cultura de muchas poblaciones. 

Consta efectivamente que la liturgia latina de la Iglesia en sus varias formas, en todos los siglos de la era cristiana, ha impulsado en la vida espiritual a numerosos santos y ha reforzado a tantos pueblos en la virtud de la religión y ha fecundado su piedad.

En el transcurso de los siglos, muchos otros pontífices romanos han mostrado una particular solicitud para que la Sagrada Liturgia manifestara de la forma más eficaz esta tarea. Entre ellos destaca san Pío V, que animado por gran celo pastoral tras la exhortación de Concilio de Trento, renovó todo el culto de la Iglesia, revisó la edición de los libros litúrgicos enmendados y, «renovados según la norma de los Padres», los puso en uso en la Iglesia Latina.


Entre los libros litúrgicos del rito romano, resalta el Misal Romano, que tuvo su desarrollo en la ciudad de Roma, y que, poco a poco, con el transcurso de los siglos, tomó formas que tienen gran semejanza con las vigentes en tiempos más recientes.

«Este mismo objetivo fue perseguido por los Romanos Pontífices a lo largo de los siglos siguientes, asegurando la puesta al día, definiendo los ritos y los libros litúrgicos, y emprendiendo, desde el comienzo de este siglo, una reforma más general». [2] Así actuaron nuestros predecesores Clemente VIII, Urbano VIII, san Pío X, [3] Benedicto XV, Pío XII y el beato Juan XXIII. 

En tiempos recientes, el Concilio Vaticano II expresó el deseo de que la debida y respetuosa reverencia respecto al culto divino se renovase de nuevo y se adaptase a las necesidades de nuestra época. Movido por este deseo, nuestro predecesor, el Sumo Pontífice Pablo VI, aprobó en 1970 para la Iglesia latina los libros litúrgicos reformados, y en parte renovados. Éstos, traducidos a las diversas lenguas del mundo, fueron acogidos de buen grado por los obispos, sacerdotes y fieles. Juan Pablo II revisó la tercera edición típica del Misal Romano. Así, los Romanos Pontífices se han ocupado de que «esta especie de edificio litúrgico (...) apareciese nuevamente esplendoroso por dignidad y armonía». [4]

En algunas regiones, sin embargo, no pocos fieles adhirieron y siguen adhiriéndose con mucho amor y afecto a las anteriores formas litúrgicas, que habían impregnado su cultura y su espíritu de manera tan profunda, que el Sumo Pontífice Juan Pablo II, movido por la preocupación pastoral respecto a estos fieles, en el año 1984, con el indulto especial «Quattuor abhinc annos», emitido por la Congregación para el Culto Divino, concedió la facultad de usar el Misal Romano editado por el beato Juan XXIII en el año 1962; más tarde, en el año 1988, con la Carta Apostólica «Ecclesia Dei», dada en forma de Motu Proprio, Juan Pablo II exhortó a los obispos a utilizar amplia y generosamente esta facultad en favor de todos los fieles que lo solicitasen.


Después de la consideración por parte de nuestro predecesor Juan Pablo II de las insistentes peticiones de estos fieles, tras haber escuchado a los Padres Cardenales en el consistorio del 22 de marzo de 2006, y haber reflexionado profundamente sobre cada uno de los aspectos de la cuestión, invocando al Espíritu Santo y contando con la ayuda de Dios, con la presente Carta Apostólica establecemos lo siguiente:

Art. 1.- El Misal Romano promulgado por Pablo VI es la expresión ordinaria de la «Lex orandi» («Ley de la oración»), de la Iglesia católica de rito latino. No obstante, el Misal Romano promulgado por san Pío V, y nuevamente por el beato Juan XXIII, debe considerarse como expresión extraordinaria de la misma «Lex orandi» y gozar del respeto debido por su uso venerable y antiguo. Estas dos expresiones de la «Lex orandi» de la Iglesia en modo alguno inducen a una división de la «Lex credendi» («Ley de la fe») de la Iglesia; en efecto, son dos usos del único rito romano.


Por eso es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgado por el beato Juan XXIII en 1962, que nunca se ha abrogado, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia. Las condiciones para el uso de este misal establecidas en los documentos anteriores «Quattuor abhinc annis» y «Ecclesia Dei», se sustituirán como se establece a continuación.

Art. 2.- En las Misas celebradas sin el pueblo, todo sacerdote católico de rito latino, tanto secular como religioso, puede utilizar tanto el Misal Romano editado por el beato Papa Juan XXIII en 1962 como el Misal Romano promulgado por el Papa Pablo VI en 1970, en cualquier día, exceptuado el Triduo Sacro. Para dicha celebración, siguiendo uno u otro misal, el sacerdote no necesita permiso alguno, ni de la Sede Apostólica ni de su Ordinario.


Art. 3.- Las comunidades de los Institutos de vida consagrada y de las Sociedades de vida apostólica, tanto de derecho pontificio como diocesano, que deseen celebrar la Santa Misa según la edición del Misal Romano promulgado en 1962 en la celebración conventual o «comunitaria» en sus oratorios propios, pueden hacerlo. Si una sola comunidad o un entero Instituto o Sociedad quiere llevar a cabo dichas celebraciones a menudo o habitualmente o permanentemente, la decisión compete a los Superiores mayores según las normas del derecho y según las reglas y los estatutos particulares.

Art 4.- A la celebración de la Santa Misa, a la que se refiere el artículo 2, también pueden ser admitidos —observadas las normas del derecho— los fieles que lo pidan voluntariamente.


Art.5. § 1. En las parroquias donde haya un grupo estable de fieles adherentes a la precedente tradición litúrgica, el párroco acogerá DE BUEN GRADO su petición de celebrar la Santa Misa según el rito del Misal Romano editado en 1962. Debe procurar que el bien de estos fieles se armonice con la atención pastoral ordinaria de la parroquia, bajo la guía del obispo como establece el can. 392, EVITANDO LA DISCORDIA y favoreciendo la unidad de toda la Iglesia.

§ 2. La celebración según el Misal del beato Juan XXIII puede tener lugar en día ferial; los domingos y las festividades puede haber también una celebración de ese tipo.


§ 3. El párroco permita también a los fieles y sacerdotes que lo soliciten la celebración en esta forma extraordinaria en circunstancias particulares, como matrimonios, exequias o celebraciones ocasionales, como por ejemplo las peregrinaciones.

§ 4. Los sacerdotes que utilicen el Misal del beato Juan XXIII deben ser idóneos y no tener ningún impedimento jurídico.


§ 5. En las iglesias que no son parroquiales ni conventuales, es compe­tencia del Rector conceder la licencia más arriba citada.

Art.6. En las misas celebradas con el pueblo según el Misal del beato Juan XXIII, las lecturas pueden ser proclamadas también en lengua vernácula, usando ediciones reconocidas por la Sede Apostólica.


Art.7. Si un grupo de fieles laicos, como los citados en el art. 5, § 1, no ha obtenido satisfacción a sus peticiones por parte del párroco, informe al obispo diocesano. Se invita vivamente al obispo a satisfacer su deseo. Si no puede proveer a esta celebración, el asunto se remita a la Pontificia Comisión «Ecclesia Dei».

Art. 8. El obispo, que desea responder a estas peticiones de los fieles laicos, pero que por diferentes causas no puede hacerlo, puede indicarlo a la Comisión «Ecclesia Dei» para que le aconseje y le ayude.


Art. 9. § 1. El párroco, tras haber considerado todo atentamente, puede conceder la licencia para usar el ritual precedente en la administración de los sacramentos del Bautismo, del Matrimonio, de la Penitencia y de la Unción de Enfermos, si lo requiere el bien de las almas.

§ 2. A los ordinarios se concede la facultad de celebrar el sacramento de la Confirmación usando el precedente Pontifical Romano, siempre que lo requiera el bien de las almas.


§ 3. A los clérigos constituidos «in sacris» es lícito usar el Breviario Romano promulgado por el Beato Juan XXIII en 1962.

Art. 10. El ordinario del lugar, si lo considera oportuno, puede erigir una parroquia personal según la norma del canon 518 para las celebraciones con la forma antigua del rito romano, o nombrar un capellán, observadas las normas del derecho.


Art. 11. La Pontificia Comisión «Ecclesia Dei», erigida por Juan Pablo II en 1988, sigue ejerciendo su misión. [5]
Esta Comisión debe tener la forma, y cumplir las tareas y las normas que el Romano Pontífice quiera atribuirle.


Art. 12. La misma Comisión, además de las facultades de las que ya goza, ejercerá la autoridad de la Santa Sede vigilando sobre la observancia y aplicación de estas disposiciones.

Todo cuanto hemos establecido con esta Carta Apostólica en forma de Motu Proprio, ORDENAMOS que se considere «establecido y decretado» y QUE SE OBSERVE DESDE EL 14 DE SEPTIEMBRE DE ESTE AÑO, fiesta de la Exaltación de la Santa Cruz, sin que obste nada en contrario.


Dado en Roma, en San Pedro, el 7 de julio de 2007, tercer año de mi Pontificado.

BENEDICTUS PP. XVI


NOTAS
[1] Ordenación General del Misal Romano, 3ª ed. 2002, n. 397.
[2] JUAN PABLO II, Carta. ap. Vicesimus quintus annus, 4 dicembre 1988, 3: AAS 81 (1989), 899
[3] Ibíd.
[4] S. PÍO X, Carta. ap. en forma de Motu proprio, Abhinc duos annos, 23 octubre 1913:AAS 5 (1913), 449-450; cf. JUAN PABLO II, Carta. ap. Vicesimus quintus annus, 3: AAS81 (1989), 899.
[5] Cf. JUAN PABLO II, Lett. ap. en forma de Motu proprio Ecclesia Dei, 2 julio 1988, 6: AAS 80 (1988), 1498.

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