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jueves, 7 de enero de 2021

Documentos legales para la Exención del Uso de Mascarilla en España

EL INVESTIGADOR.ORG



Dada la cantidad de limitaciones de derechos y libertades fundamentales que los políticos españoles están imponiendo a sus ciudadanos, sin base ni evidencia científica, y que en muchos casos son perjudiciales para la salud, consideramos útil compartir información y documentos sobre el uso y exención de mascarillas.

Los medios de comunicación muchas veces transmiten una información parcial, o incorrecta y que nada tiene que ver con la legalidad o la legislación vigente.
En este artículo explicamos información sobre la legalidad del uso de mascarillas en España y modelos en PDF descargables.

elinvestigador.org no se hace responsable del mal uso, del uso fraudulento de estos modelos o de la negativa de las instituciones a su validación. Cada modelo debe adaptarse a las circunstancias individuales de cada uno. El uso de estos modelos no sustituye al asesoramiento jurídico profesional. Y toda la información proporcionada a continuación solo tiene fines educativos y no es un consejo legal profesional.

A nivel sanitario, si aún CREES que las mascarillas alguna vez en la historia han protegido frente a la transmisión de algún virus te recomendamos que veas la conferencia de los America´s Frontline Doctors en español. O la de La Ciencia y Mitos de las mascarillas de Dr. Lee Merritt (en inglés) o una recopilación de documentación al respecto en español.

SUPER RESUMEN LEGAL:


→ Si puedes guardar 1.5 metros de distancia NO tienes obligación de llevar la mascarilla como indica el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio. Incluido en establecimientos cerrados.

→ Si tienes exención contemplada en el decreto, tampoco tienes obligación de llevarla en ningún supuesto.

→ Una documento de exención no requiere que sea un certificado médico necesariamente. Con una declaración responsable o jurada, si es verídica, es suficiente a nivel legal.

→ Si existe alguna norma promulgada por alguna Comunidad Autónoma o algún local, que contradiga (o sea más restrictiva) que el Real Decreto, prevalece la de rango superior, es decir la de rango Nacional que es el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio.

→ Una persona con exención de mascarilla tiene exactamente los mismos derechos que una que sí pueda llevar mascarilla. Tanto en lugares abiertos, cerrados, públicos o privados. No requiere de ninguna medida especial y no podrá ser discriminada o vulnerados sus derechos por tal situación como indica la constitución española.

A continuación dejamos varios documentos legales que os pueden servir.

ÍNDICE:


Webs recomendadas con múltiples documentos legales e información:


Modelos y documentos en PDF y Word para descargar


[DESCARGAR PDF] de Olex Abogados con nombre: Declaración responsable de no obligado a uso de mascarilla.

Lo que indica la Ley en España sobre uso de mascarillas:

El Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, es el que regula todo lo relacionado con el uso de la mascarilla en su artículo 6:

LA MASCARILLA NO ES OBLIGATORIA PARA TODO EL MUNDO como indica El Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de Junio

El Real Decreto Ley 21/2020 de 9 de Junio, específica en su artículo 6.1 que:

Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:

a) En la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros.

b) En los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote o en sus cubiertas o espacios exteriores cuando resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros.
SOBRE EXENCIONES DE USO DE MASCARILLA:

El Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de Junio en su artículo 6.2, establece que las personas que cumplen alguna de las siguientes condiciones, están exentas de llevar mascarillas:
Personas que presentan algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla.
Personas que por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla.
Personas con alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
Personas que hagan deporte individual al aire libre.
Situación de fuerza mayor o de ESTADO DE NECESIDAD.
Incompatibilidad con la propia naturaleza de la actividad.
ACLARACIONES:

*ESTADO DE NECESIDAD: El estado de necesidad es aquella situación que ampara a quien, en circunstancias de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno debe causar otro mal, siempre que este no sea mayor que el que trata de evitar:

Ejemplo de estado de necesidad con el uso de la mascarilla: estar con angustia, ansiedad, sensación de ahogo, necesidad de respirar, sensación de asfixia……

*EJEMPLO DE FUERZA MAYOR O SITUACIÓN DE NECESIDAD: enfermedad cardíaca, circulatoria, respiratoria, trastornos en la piel de la cara (dermatitis, erosiones), pérdida o sustracción; pobreza; no hay venta próxima de mascarillas; la llevo puesta más de una hora seguida; me causa mareo, sofocos, vértigo o náuseas; voy a adquirir alimentos, medicamentos y artículos de primera necesidad, asistir a centros sanitarios, desplazarme al lugar de trabajo, banco y aseguradora; regreso al domicilio; asisto y cuido a ancianos, menores, dependientes, discapacitados o personas vulnerable.

*ACTIVIDAD INCOMPATIBLE: comer, beber, hablar por teléfono, hablar, hacer deporte….

MÁS DOCUMENTOS DE RELEVANCIA

Aclaración en el Boletín Oficial de Castilla la Mancha sobre que NO ES NECESARIO PRESENTAR CERTIFICADO MÉDICO. SOLO ES NECESARIA TU DECLARACIÓN RESPONSABLE.
Artículo en prensa de Castilla la Mancha en la que confirma que: no se necesita un justificante médico para no usar la mascarilla

Aprovechamos también y os ponemos un video de una microbióloga en la que explica que ocurre al llevar las mascarillas por diferentes periodo de tiempo.


Justificación Científica de la NO recomendación de uso de mascarillas.

Documento en PDF con detalles, explicaciones y enlaces de por qué no son recomendadas las mascarillas en muchísimos casos. Especialmente no recomendable en personas sanas (o asintomáticas como llaman ahora).

Conclusiones del PDF:

Las mascarillas deberían ir destinadas al personal sanitario y, como mucho, a personas enfermas en circunstancias y momentos muy concretos, no a la población sana o asintomática en general.

En estos casos, las mascarillas no sólo no protegen (nunca lo hicieron frente a virus), sino que tienen importantes efectos negativos sobre la salud de quienes las utilizan.